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SCJN da a López Obrador plazo de 30 días para enviar sus propuestas de comisionados de la Cofece
La Comisión Federal de Competencia Económica está integrada solamente por cuatro de sus siete comisionados.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es inconstitucional la omisión en que ha incurrido el presidente Andrés Manuel López Obrador desde hace dos años de enviar a la Cámara de Senadores sus propuestas de dos comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), y le ordenó hacerlo en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia.
Actualmente, la Cofece está integrada solamente por cuatro de sus siete comisionados; está pendiente la designación de tres.
Los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan González Alcántara Carrancá, Yasmín Esquivel Mossa, Luis Aguilar Morales, Jorge Pardo Rebolledo, Norma Piña Hernández, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán votaron a favor del proyecto modificado bajo la ponencia de Margarita Ríos Farjat; el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Loretta Ortiz Ahlf, votaron en contra.
Desde el arranque de la discusión, Zaldívar anunció su voto en contra del proyecto por considerar que es improcedente la controversia constitucional 207/2021 promovida por la Cofece ya que el Artículo 28 constitucional prevé que “Todos los actos del proceso de selección y designación de los comisionados son inatacables”.
Al respecto, el proyecto precisa que “no resulta aplicable la regla establecida en el último párrafo del Artículo 28 constitucional” porque “esa disposición está diseñada para evitar que los interesados puedan dilatar o entorpecer el proceso de nombramiento mediante la impugnación de los diversos actos que lo integran, pero no se refiere a la inatacabilidad de las omisiones en el proceso”.
En su defensa, el Ejecutivo federal, mediante su Consejería Jurídica, argumentó que “resulta inexistente la conducta” atribuida porque “no existe disposición legal dirigida al poder Ejecutivo federal que de manera explícita o implícita establezca un plazo o término para enviar la propuesta con las personas elegidas para ser ratificadas ante el Senado de la República como comisionadas o comisionados de la Cofece”, por lo que consideró que el asunto se debe sobreseer.
Omisiones
El fallo refiere, sin embargo, que “el titular del Ejecutivo federal ha sido omiso, de manera manifiesta, irrazonable y sostenida”, en el ejercicio de una facultad de carácter obligatorio, “aun cuando el Comité de Evaluación envió las listas de los aspirantes para las Convocatorias 2020 y 2021, desde el 20 de noviembre de 2020 y el 20 de abril de 2021, respectivamente”.
La primera lista de aspirantes referida enviada al Ejecutivo federal fue para designar al sucesor del comisionado Eduardo Martínez Chombo, quien concluyó su periodo constitucional de ocho años en el cargo el último día de febrero de aquel año, y la segunda para cubrir la vacante del comisionado Gustavo Pérez Valdespín, quien falleció el 4 de febrero de 2021.
La tercera vacante pendiente de cubrir es la de Alejandra Palacios, quien renunció al cargo de comisionada presidenta de la Cofece en agosto de 2021, con efectos a partir del 9 de septiembre de 2021 cuando concluiría su presidencia; el nombramiento de su sustituto no fue impugnado por la Cofece.
Contrario al contenido del proyecto de Ríos Farjat con respecto a los efectos del fallo, que solo fue respaldado por Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf y Zaldívar, González Alcántara Carrancá propuso, y así se aprobó por siete votos, fijar 30 días naturales de plazo al Ejecutivo federal para enviar al Senado los nombres propuestos para cada uno de los tres procedimientos de designación pendientes, y en caso de que la Cámara alta no los ratifique el Ejecutivo envíe a los subsecuentes aspirantes en un plazo de 10 días.
kg