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SCJN informa a Senado sobre Consulta Popular del PRI
El máximo tribunal de justicia informó al órgano legislativo que resolvió la inconstitucionalidad de la materia de Consulta Popular y de la pregunta: ¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales?
El pleno del Senado de la República recibió la comunicación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que resuelve sobre la constitucionalidad de la solicitud de consulta popular presentada por César Camacho y otros priistas.
El máximo tribunal de justicia informó al órgano legislativo que resolvió la inconstitucionalidad de la materia de Consulta Popular y de la pregunta: ¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales?
Durante la sesión de este jueves se dio trámite al texto en tanto que el presidente de la Mesa Directiva, Miguel Barbosa Huerta, instruyó a la Secretaría a dar por concluido el asunto y archivarlo.
El Senado también recibió oficios de la Cámara de Diputados para concluir la aprobación de minutas en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, educación, y cultura física y deporte.
La que reforma el párrafo tercero del Artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ordena a las autoridades estatales y locales diseñar y aplicar programas de prevención y control de contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores.
El oficio enviado por los diputados sobre la minuta que reforma el Artículo 91 de la Ley General de Cultura Física y Deporte plantea aspectos sobre la planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte financiadas con recursos públicos.
Señala que esos proyectos deberán desarrollarse con base en los criterios de calidad, sustentabilidad y pertinencia establecidos en la Norma Oficial Mexicana (NOM) correspondiente.
El documento se turnó a comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativo, Segunda para su análisis y dictamen.
Mientras tanto, en la minuta sobre el Artículo 44 de la Ley General de Educación se establece que la educación para adolescentes debe procurar la disminución del número de personas que no hayan cursado o concluido su educación en términos de lo dispuesto en el Artículo 43 de la misma ley.
El texto se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte, y de estudios Legislativos, Primera
mrc