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SCJN invalida norma de ley antisecuestro de Edomex
La Procuraduría General de la República (PGR) informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de una norma del Estado de México que permitía conceder beneficios a secuestradores.
La Procuraduría General de la República (PGR) informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de una norma del Estado de México que permitía conceder beneficios a secuestradores.
La PGR recordó que interpuso acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 69, fracción V, del Código Penal del Estado de México, por contravenir la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para legislar en la materia de secuestro, como parte de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
La PGR consideró que la norma local impugnada no contempla ningún elemento que permita perseguir de manera eficiente el delito de secuestro, con lo que se genera una clara violación al marco constitucional y a la finalidad del Poder Constituyente.
Además, recordó que el artículo 19 de la ley general se desprende de manera expresa que, para el delito de secuestro, no opera ningún beneficio que implique reducción de la condena.
Sólo para el caso de colaboradores en la investigación y persecución de otros miembros de la delincuencia organizada (...), la autoridad competente podrá otorgar algún beneficio para la imposición de la pena, debiendo cubrir una serie de requisitos, como el de ser primodelincuente , dijo.