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Política

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Sala Regional del TEPJF revoca nulidad de la elección para la Cuauhtémoc

El TEPJF, revocó la resolución del Tribunal electoral de la CDMX con el que se buscaba anular el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega en la alcaldía Cuauhtémoc, por supuesta violencia política de género en contra de la entonces candidata de Morena, Eldaa Catalina Monreal Pérez.

El TEPJF informó que recibió un total de 5,317 impugnaciones contra reparto de curules. Foto: Cuartoscuro

El TEPJF informó que recibió un total de 5,317 impugnaciones contra reparto de curules. Foto: Cuartoscuro

La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, revocó la resolución del Tribunal electoral de la CDMX con el que se buscaba anular el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega en la alcaldía Cuauhtémoc, por supuesta violencia política de género en contra de la entonces candidata de Morena, Eldaa Catalina Monreal Pérez.

De acuerdo con esta sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no fue posible acreditar la violencia política en razón de género argumentada por la aspirante morenista, pues se dijo que las expresiones realizadas por Rojo de la Vega se encuentran amparadas por la libertad de expresión en materia política.  

Asimismo, se desestimó otra queja interpuesta por Catalina Monreal en contra de Rojo de la Vega por supuesta calumnia electoral.

A consideración de la ponencia no es posible advertir que las expresiones de las publicaciones señaladas se hubieran usado con la finalidad de demeritar a la parte denunciante por el hecho de ser mujer, de invisibilizarla o señalar que está supeditada a hombres, sino que dicho concepto se utilizó para expresar una posición respecto a un grupo político y la forma en que éste ha desarrollado su actividad política”, señaló el proyecto de resolución.

También se argumentó que el que Rojo de la Vega evitará nombrar a Catalina Monreal en algunas publicaciones o entrevistas, no conlleva por sí mismo a invisibilizarla por cuestiones de género, pues se dijo que esto puede significar una estrategia publicitaria electoral que tenga como finalidad no exponer el nombre de la candidatura contrincante.

“Bajo este contexto, después de analizar cada una de las publicaciones acreditadas, en el proyecto se concluye que las expresiones utilizadas se hicieron para manifestar la concepción que tiene la candidata denunciada sobre un grupo político integrado por personas de ambos géneros que conforman la misma familia (Monreal), lo que incluso la candidata denunciada hizo valer en su escrito de contestación y alegaciones”, subrayó el proyecto aprobado.

Lo anterior forma parte de un impugnación interpuesta por Alessandra Rojo de la Vega en contra de la sentencia del pasado 31 de agosto del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, el cual determinó anular la elección de la alcaldía Cuauhtémoc al señalar a la panista de haber cometido violencia política de género, violencia política contra las mujeres en razón de género y calumnia.

Derivado de que, a decir de Catalina Monreal, “en diversos portales de internet a lo largo de toda la campaña por la titularidad de la Alcaldía Cuauhtémoc, fueron difundidos diversos señalamientos tendentes a descalificarla en su persona y calidad de mujer, subordinarla a la figura de personas masculinas, e imputarle hechos falsos, todo ello de forma sistemática y reiterada”.

Cabe señalar que dicha determinación también se trató de la tercera sentencia que emitió el Tribunal de la CDMX a favor de Catalina Monreal. No obstante, estas mismas fueron revocadas por la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF

En la primera de estas impugnaciones, a petición de Monreal Pérez, el tribunal local ordenó el conteo total para la Alcaldía Cuauhtémoc ante supuestas irregularidades durante la jornada electoral del 2 de junio; pero luego de que la Sala Regional del TEPJF revisará la sentencia, se le ordenó emitir una nueva resolución explicando los motivos que los llevó a ordenar dicha medida.

Sin embargo, en su segundo análisis, el Tribunal de la CDMX insistió en ordenar un recuento total, mismo que, de nuevo, fue revocado por el TEPJF; aunque en esta ocasión ordenó llevar a cabo el recuento, pero de sólo 73 casillas electorales que fueron impugnadas por Morena.

Por su parte, Catalina Monreal, lamentó la decisión de la Sala Regional, al tiempo que advirtió que impugnará esta sentencia ante el máximo Tribunal electoral del país: la Sala Superior del TEPJF. 

“Definitivamente no usaron las gafas violetas. La sentencia emitida por el TECDMX es correcta… Como es mi derecho, impugnaré ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, expresó.

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