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Sujetas a volumen, las penas por robo de combustible
Cuando el hurto sea menor a 300 litros, la penalidad será de cuatro a seis años de prisión.
Pese a que las sanciones estipuladas en la legislación mexicana por robo de hidrocarburos alcanzan hasta 30 años de prisión y multas por más de 2 millones de pesos a quienes vendan, sustraigan y consuman combustible robado, no se ha podido inhibir dicha actividad ilícita.
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, el robo de combustibles fósiles es penado con 20 a 30 años de prisión y multa de 20,000 a 25,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, que para este 2019 se ubicó en 84.49 pesos de acuerdo con el Inegi.
En dicho artículo se indica que se aplicarán sanciones a quien “sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley”.
En tanto que en el artículo 9 de la normativa, vigente desde enero del 2016, se especifica que se impondrán penas también a quienes compren, enajenen, reciban o adquieran combustibles de procedencia ilícita.
La ley contempla un tabulador para las penas dependiendo de la magnitud del robo y del consumo.
Por ejemplo, se indica que cuando el robo o consumo sea menor a 300 litros “se impondrá de cuatro a seis años de prisión y multa de 4,000 a 6,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente (hasta 506,940 pesos en el 2019)”.
Mientras que si se supera dicha cantidad y llega hasta 1,000 litros, las penas ascenderán a entre seis y 10 años de prisión y multas de 6,000 a 10,000 Unidades de Medida, es decir, entre 500,000 y hasta 844,900 pesos.
Hasta ahora, el plan implementado por la administración de Andrés Manuel López Obrador, en materia de legislación, incluye reformas constitucionales para que el robo de hidrocarburos se tipifique como grave y amerite siempre prisión preventiva.
La senadora del Partido del Trabajo e integrante de la alianza Juntos Haremos Historia del presidente López Obrador, Nancy de la Sierra, presentó unos días después de que iniciara la LXIV Legislatura, el pasado 1 de septiembre, una iniciativa para tipificar con prisión preventiva el robo de hidrocarburos al modificar el Artículo 19 constitucional.
El factor de la impunidad
En la fundamentación de la iniciativa de la senadora se expone un análisis realizado por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) denominado “El robo de combustible: asalto a la nación”, que fue publicado en el 2017.
En el documento, el centro de estudios de la Cámara de Diputados expuso que el aumento en el robo de combustibles en los últimos años —a esa fecha— se debía a tres factores: el primero es el que tiene que ver con la aprobación de la reforma energética en el 2010 (en la época de Felipe Calderón) y el aumento en el costo de las gasolinas que provino desde entonces. Y es que la predisposición de la población al consumo de combustible robado, derivado del alza del mismo, fue alta.
De acuerdo con una encuesta también del CESOP publicada en el 2017 denominada Robo de Combustible, de cada 10 mexicanos a los que se preguntó si comprarían combustible robado si este fuera de bajo costo, ocho (83.1 %) indicó que sí.
El segundo factor que describe el CESOP es el Estado de Derecho que, indica, ha sido “hasta ahora insuficiente e incapaz de aprehender y ejercer penas severas en contra de quienes realicen esta actividad”.
En tanto que en el tercer factor, destaca la oferta y la demanda que “en tanto el mercado negro siga siendo redituable, los grupos delictivos diversificarán no sólo sus delitos, sino sus maneras de seguir lucrando con este recurso”.