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Suprema Corte avala reforma de AMLO sobre outsourcing
La Segunda Sala de la SCJN aprobó en su sesión la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel en la que se valida la reforma legal en materia de outsourcing publicada en abril del 2021.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó en su sesión de ayer la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel en la que se valida la reforma legal en materia de outsourcing publicada en abril del 2021. Esta reforma tuvo como objetivo regular y combatir la evasión fiscal, la simulación laboral y otras prácticas fraudulentas relacionadas con la subcontratación laboral.
Asimismo, la reforma prohibió la subcontratación de personal, excepto en casos de servicios o trabajos especializados que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa.
El proyecto a cargo de la ministra Esquivel, que negó un amparo a una empresa, destacó que las disposiciones impugnadas resultan idóneas, necesarias y proporcionales, pues contribuyen de manera directa a evitar la proliferación de empresas que recurren al outsourcing con el objeto de no afrontar las obligaciones laborales, de seguridad social o tributarias que derivan de las relaciones con sus empleados.
Con esta resolución, se protegen los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores y sus familias, que laboran por medio de la subcontratación, y se garantiza una adecuada recaudación de recursos en el país.
En su resolución, el máximo tribunal expresa que la reforma de subcontratación del 2021 surgió a raíz de que las modificaciones en la Ley Federal de Trabajo de 2012 resultaban insuficientes para evitar prácticas indebidas de algunos empleadores, con consecuencias laborales, de seguridad social, fiscal y penal, lo que derivó en la proliferación de esquemas de subcontratación simulada, con abusos hacia los trabajadores subcontratados, quienes cotizaban con un salario inferior al que realmente percibían, resultaban afectados en el reparto de utilidades, la previsión social y se veían imposibilitados para lograr una jubilación digna, entre otros.
La Corte también determinó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no tiene facultades para definir qué debe entenderse por servicios u obras especializadas.
Los principales requisitos que deben cumplir las empresas para brindar servicios de outsourcing especializado son estar inscritos en el Padrón Único de la STPS, tramitar un registro patronal conforme a la ley del IMSS y eliminar los anteriores, estar al corriente en las obligaciones de seguridad social y fiscales y definir los servicios que prestan o el tipo de obra que van a realizar.