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Suprema Corte suspende extinción de fideicomisos del Poder Judicial de la Federación
La medida cautelar ordenada impide hacer uso de los 15,800 millones de pesos a que ascienden los recursos acumulados en los 13 fondos y fideicomisos del PJF que serían destinados a los damnificados del huracán Otis que devastó Acapulco, Guerrero, a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, misma que fue aceptada por Norma Piña, presidenta de la Corte.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través del ministro Javier Laynez Potisek, concedió la suspensión de la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF) derivada de una reforma a la legislación secundaria aprobada por el Congreso de la Unión.
La orden implica que los 15,800 millones de pesos a que ascienden los recursos acumulados en los fondos y fideicomisos del PJF no podrán ser destinados a los damnificados del huracán Otis que devastó Acapulco, Guerrero, tal como propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador y aceptó negociar Norma Piña, presidenta de la Corte.
Se concede la suspensión solicitada por las diversas senadoras y senadores, así como determinadas diputadas y diputados del Congreso de la Unión, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído.
“La medida cautelar surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente’’, cita el acuerdo publicado en estrados del máximo tribunal constitucional del país al admitirse a trámite las acciones de inconstitucionalidad 214/2023 y 220/2023, promovidas por la minoría de senadores y diputados federales representadas en el Poder Legislativo federal, respectivamente, en contra de las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación recién aprobadas por el Poder Legislativo.
La enmienda al Artículo 224 de la ley referida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 27 de octubre, establece que en el ámbito del PJF, “no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales’’ al “fondo económico para el mejoramiento de la administración de justicia’’ que administrará los recursos financieros que lo integren.