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Política

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TEPJF avala registro de "El Bronco" como candidato presidencial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Jaime Rodríguez Calderón cumplió con el umbral del 1% de apoyos ciudadanos requerido.

Por mayoría, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”, gobernador con licencia de Nuevo León estará en la boleta del 1 de julio como candidato independiente. 

Con el voto en contra de la magistrada presidenta del TEPJF, Janine Otálora Malassis, por votación mayoritaria de cuatro a tres, el tribunal constitucional electoral, resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) violó el derecho de audiencia y  su garantía al un debido proceso.

En el proyecto de sentencia propuesto por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera aprobado la noche del lunes, se expuso que El Bronco, argumentó violación a su derecho de audiencia porque no se le permitió verificar conjuntamente con la autoridad electoral la totalidad de los apoyos que fueron considerados inválidos de aquellos que había presentado.

“Al respecto, la propuesta considera que asiste razón al actor, pues efectivamente, la autoridad responsable le negó el derecho a ejercer un completa y adecuada defensa. Lo anterior, porque si bien en la etapa preliminar de revisión de apoyos ciudadanos el actor asistió en 12 ocasiones a las oficinas del Instituto Nacional Electoral a constatar la calificación que hacía la mesa de control de los apoyos que había registrado, lo cierto es que no tuvo oportunidad de preparar argumentos o pruebas que pudieran contradecir esa calificativa”, se lee en el documento.

En contraste, Otálora Malassis destacó que, de acuerdo con múltiples oficios que el INE envió a  Rodríguez Calderón, el aspirante tuvo conocimiento de las etapas para la revisión y validación de firmas, por lo que no fue violado su derecho de audiencia.

"Hasta ahorita yo no advierto violación a su garantía de audiencia ni expresión alguna del representante del actor, en el sentido de que no está pudiendo defenderse correctamente ya que, incluso, en varias actas, hace un reconocimiento al trabajo llevado a cabo por el Instituto Nacional Electoral”, consideró Otálora Malassis.

Sin embargo, criticó la manera en que funcionarios del INE, en particular de la Comisión de Prerrogativas, comunicaron la información en relación del proceso de verificación de firmas. “Conforme al principio de  presunción de inocencia, quienes hicieron la conferencia debieron ser prudentes en sus conclusiones y no vincular directamente a los  aspirantes con una supuesta simulación de los aspirantes de una credencial para votar”.

En contra de la propuesta se pronunciaron también los Magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Felipe de la Mata Pizaña.

El 16 de marzo, al concluir las audiencias en el INE, el equipo del aspirante a candidato independiente, El Bronco, logró recuperar de los apoyos invalidados - supuestamente por ser fotocopias  o credenciales simuladas-  14, 426 firmas por ser, quedando así a 16, 656 rúbricas validadas para alcanzar el umbral necesario para la candidatura.

Ante ello, el Bronco impugnó esta determinación y tras el análisis y discusión, el TEPJF resolvió que “a pesar de las deficiencias advertidas que llevan a establecer que el actor no contó con elementos suficientes para ejercer su derecho de defensa”.

En el proyecto aprobado se retoman parámetros de reparación integral determinados por la Corte Interamericana sobre Derechos Humanos (CIDH)  y tomando en cuenta la afectación que pueda generarse al actor al estar transcurriendo ya la etapa de campaña, ordenó al INE tener por acreditado el porcentaje de apoyo ciudadano necesario El Bronco obtenga la candidatura independiente y emitir un nuevo acuerdo de registro de los candidatos presidenciales, que formarán parte de la boleta electoral.

La propuesta fue avalada por los magistrados  Alfredo fuentes Barrera, José Luis Vargas, Mónica Soto e Indalfer Infante.

En la sentencia se aprecia que lo anterior, "sin que ello signifique la validación de apoyos que no cumplan los parámetros normativos, sino que se está ante la válida presunción de que el aspirante cuenta con el número necesario para alcanzar su registro derivado de las deficiencias advertidas en los actos procesales que originaron la negativa de su registro; de ahí el sentido de la propuesta”.

Amplían plazo de revisión de firmas par Ríos Piter

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) también estudió caso del senador con licencia y aspirante a la candidatura por la vía independiente, Armando Ríos Piter, El Jaguar” y resolvió reponer 10 días de audiencias para que el aspirante pueda verificar las supuestas irregularidades que presentó en sus apoyos ciudadanos.

Al respecto, Ríos Piter, vía comunicado se pronunció: “no hay certeza respecto de las firmas de las que niegan validez, se violó mi presunción de inocencia y se atentó contra los cientos de miles de ciudadanos que me otorgaron su apoyo. Deben demostrar una a una, la supuesta invalidez de los apoyos, o reconocer mi derecho a contender”.

ana.langner@eleconomista.mx

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