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Política

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TEPJF evita “chapulineo” de Mauricio Toledo como diputado federal: ordena que asuma su suplente

El magistrado Felipe de la Mata dijo que debido a que Mauricio Toledo fue desaforado por la Cámara de Diputados, jurídicamente es imposible que pueda tomar protesta como diputado en la nueva Legislatura del Congreso, toda vez que recobraría el fuero constitucional y se tendría que repetir el procedimiento.

Mauricio Toledo Gutiérrez, diputado federal y exdelegado de Coyoacán. Foto EE: Archivo

Mauricio Toledo Gutiérrez, diputado federal y exdelegado de Coyoacán. Foto EE: Archivo

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la elección en la que fue electo nuevamente diputado federal Mauricio Toledo Gutiérrez, pero determinó que no puede tomar protesta porque ya fue desaforado por la Cámara de Diputados y cuenta con una orden de aprehensión promovida en su contra por la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México, por el delito de enriquecimiento ilícito.

La Sala Superior ordenó que el próximo 1 de septiembre asuma el cargo de diputado federal Jaime Valtierra García, suplente de Toledo. Cabe destacar que Toledo abandonó el país el mes pasado, luego de que la Fiscalía de Justicia de la Ciudad de México obtuvo una orden de aprehensión en su contra.

Durante la sesión de este jueves del Tribunal Electoral, la magistrada Mónica Soto presentó el proyecto SUP-REC-1010/2021 en el cual proponía invalidar la elección a diputado federal en el distrito 5 con cabecera en San Martín Texmelucan, Puebla, en donde el 5 de junio pasado resultó ganadora la fórmula encabezada por Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez y Jaime Baltierra García como suplente.

Lo anterior, debido a que el partido Movimiento Ciudadano impugnó al argumentar que ninguno de los dos tenía domicilio o arraigo en dicha localidad.

Sin embargo, este proyecto de la magistrada Soto únicamente fue respaldado por el magistrado José Luis Vargas.

El resto de los magistrados se pronunció en contra al considerar que la nulidad de una elección se debe determinar por causas graves y muy específicas.    

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso validar la elección, toda vez que si bien no estaba plenamente demostrada la falta de arraigo de ambos políticos en San Martín Texmelucan, Puebla, y estos fueron votados por la ciudadanía el 5 de junio pasado.

Felipe de la Mata dijo que debido a que Mauricio Toledo fue desaforado por la Cámara de Diputados, jurídicamente es imposible que pueda tomar protesta del cargo, toda vez que recobraría el fuero constitucional y se tendría que repetir el procedimiento.   

“Hay una imposibilidad jurídica y material para que pueda ocupar el cargo de diputado federal. La imposibilidad jurídica la encontramos en la que el hoy diputado tiene que seguir un proceso penal, incluso en prisión preventiva según los datos en el procedimiento de desafuero. La imposibilidad material reside en que todo servidor público desaforado no puede ocupar el mismo cargo para el que fue electo si aún no concluye el proceso en su contra, pues no podemos soslayar que su desafuero fue por un órgano soberano.

“El desafuero impide que tome protesta, porque mientras un juez no emita una resolución absolutoria, no podría regresar al mismo cargo del cual le retiraron el fuero, sin que esté yendo en contra del principio de presunción de inocencia, porque no estoy diciendo que sea culpable, sino que no puede tomar protesta de un cargo del que adquiría nuevamente fuero constitucional y se tendría que repetir el procedimiento de desafuero”, explicó.

“No se le está impidiendo acceder al cargo, sino únicamente ser respetuosos de la voluntad ciudadana. Considero que Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez no puede tomar protesta del cargo para el que fue electo, derivado del proceso penal que debe enfrentar en los términos expuestos. A mi juicio debe ocupar el puesto el suplente, Jaime Valtierra García”, propuso el magistrado Felipe de la Mata.

Su propuesta fue aprobada por mayoría de los magistrados Janine Otálora, Indalfer Infante, Reyes Rodríguez y Felipe Fuentes Barrera, y en contra de los magistrados Mónica Soto y José Luis Vargas.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que “el hecho de que el INE ya hubiera validado todos los requisitos de elegibilidad de las candidaturas, y determinado que se encontraban cumplidos, implica que la residencia de los candidatos ganadores está probada”.

jorge.monroy@eleconomista.mx

kg

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