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TEPJF valida triunfo de Evelyn Salgado como gobernadora electa de Guerrero
Por unanimidad de los magistrados, el TEPJF confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero y declaró la validez de la elección a la gubernatura, así como la entrega de la constancia de mayoría en favor de Evelyn Salgado Pineda, hija del senador Félix Salgado Macedonio, quien previamente fue removido por el INE y el TEPJF como candidato de Morena al gobierno de Guerrero.
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la elegibilidad de Evelyn Cecia Salgado Pineda como candidata de Morena al gobierno de Guerrero, y ratificó la elección de la gubernatura del estado en la que resultó ganadora.
Por unanimidad de los magistrados, el TEPJF confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero y declaró la validez de la elección a la gubernatura, así como la entrega de la constancia de mayoría en favor de Salgado Pineda, hija del senador Félix Salgado Macedonio, quien previamente fue removido por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el TEPJF como candidato de Morena al gobierno de Guerrero.
Evelyn Cecia Salgado Pineda deberá asumir la gubernatura de Guerrero el próximo 27 de octubre.
El 17 de junio, el PRI y el PRD controvirtieron ante el Tribunal local el cómputo estatal, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría en favor de Evelyn Salgado, al acusar la utilización de los programas federales para convencer al electorado de votar por Morena en la elección de la gubernatura.
Los dos partidos denunciantes presentaron como prueba técnica ocho capturas de pantalla de celular de una conversación en un grupo de WhatsApp denominado “Servidores de la Nación”, en la que, presuntamente intervino Andrés Nieto Cuevas, a quien identificaron como delegado regional de programas del gobierno federal en Tierra Caliente, y en cuya conversación supuestamente dio instrucciones para la preparación para el proceso electoral del seis de junio.
PAN y PRD dijeron que con esa prueba era posible acreditar que se utilizaron programas federales para convencer al electorado de votar por Morena.
El TEPJF argumentó que el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones se configura como una garantía formal, “esto es, las comunicaciones resultan protegidas con independencia de su contenido. En ese sentido, no es necesario analizar el contenido de la comunicación, o de sus circunstancias, para determinar su protección”.
Asimismo, en relación la afirmación de PRI y PRD consistente en que la entrega de dichos programas sociales se realizó durante la veda electoral, la Sala Superior determinó que “la entrega de dichos programas sociales no vulneró los principios constitucionales de neutralidad y parcialidad en los términos alegados por los inconformes en este juicio y, por ende, tampoco pueden considerarse como una irregularidad”.
Hubo intervención presidencial
Sin embargo, el Tribunal admitió que hubo una intervención indebida por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador al haberse pronunciado en favor de candidatos de Morena, en específico en Guerrero. Sin embargo, el tribunal consideró que esto no es un elemento para declarar la invalidez de la elección estatal.
“Esta Sala Superior concluye que el Presidente de la República realizó pronunciamientos relacionados con el proceso electoral en al menos ocho conferencias de prensa, de entre las que destacan dos de manera específica –conferencias matutinas de 1371 y 2872 de abril, ambas de este año–, que los propios inconformes reclamaron durante el desarrollo de la cadena impugnativa, tales afirmaciones del titular del Ejecutivo constituyeron por sí mismos, una violación a los principios constitucionales de neutralidad e imparcialidad”, estableció.
kg