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Testigos protegidos, otra piedra que remover
Esta figura fue recurrente en investigaciones en contra del crimen organizado en el anterior gobierno; sin embargo, los resultados fueron pobres.
A partir de enero del 2013, tendría que aplicar en México a 100% la Ley Federal para la Protección a Personas, mejor conocida como testigos protegidos, luego de ser aprobada en junio del 2012 y después de que pusieran plazo para operar a toda su capacidad en seis meses; sin embrago, el nuevo titular de la PGR, Jesús Murillo Karam, no comparte su aplicación. Dicha figura se utiliza en Estados Unidos, España e Italia y fue copiada prácticamente en 1996 con la expedición de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, por entonces funcionarios de la Procuraduría General de la República (PGR). Al mando del primer procurador panista, Antonio Lozano Gracia, ha llevado desde entonces a supuestos delincuentes a prisión y luego han sido liberados.
Murillo Karam, nuevo abogado de la nación en la recién administración priísta a cargo de Enrique Peña Nieto, dijo hace unos días que el Ejecutivo federal le solicitó revisar de forma minuciosa las figuras jurídicas de testigo protegido y arraigo. Fue muy socorrido por los dos gobiernos panistas de Vicente Fox y Felipe Calderón.
Sobre el arraigo, Murillo Karam reveló que en los últimos dos años, PGR utilizó la medida cautelar de privar de su libertad con fundamento legal a más de 3,800 personas, de dicho universo, después de sufrir 40 a 80 días de detención, sólo 129 individuos fueron consignados, el resto fue liberada o algunos eran culpables pero no se probó y quedaron sin ninguna sanción.
Es por eso que para Murillo Karam, explicó una fuente de la PGR, lo primordial será evitar su uso, así como el de testigo protegido, porque pese a la existencia de la Ley promulgada en el Diario Oficial de la Federación en junio del 2012, existen una serie de irregularidades y huecos legales que son utilizados por los abogados de los retenidos.
De acuerdo con el más reciente libro: Protección a Testigos en el Derecho Penal Mexicano, realizado por la magistrada, catedrática e investigadora Lilia Mónica López Benítez, esa figura debería ser acompañada por un programa de protección a testigos, que considere apoyos y beneficios.
La obra de la magistrada de editorial Porrúa expone que además, se requiere una unidad especializada para la protección de víctimas y testigos, con el propósito de estar a la vanguardia en las buenas prácticas en la materia, lo que supuestamente ya existiría, pero la anterior administración no precisó por razones de seguridad dónde se encuentra o quién era el responsable.
rtorres@eleconomista.com.mx