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Política

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Tribunal electoral determina que Antonio Attolini y Alejandro Moreno violaron veda electoral en Coahuila e Hidalgo

En sesión pública a través de videoconferencia, los magistrados electorales confirmaron que Attolini Murra, actual candidato de Morena a diputado federal y entonces militante de ese partido, pidió en su cuenta de Twitter el “voto masivo” para su partido.

La Sala Especializada consideró que los partidos incurrieron en omisión en el deber de cuidado por las publicaciones hechas en Twitter durante el periodo de veda de los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo. Foto: Twitter Antonio Attolini Murra

La Sala Especializada consideró que los partidos incurrieron en omisión en el deber de cuidado por las publicaciones hechas en Twitter durante el periodo de veda de los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo. Foto: Twitter Antonio Attolini Murra

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que Antonio Attolini Murra, como militante de Morena, y Alejandro Moreno Cárdenas, como dirigente nacional del PRI, vulneraron en octubre de 2020 la veda electoral durante los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo.

En sesión pública a través de videoconferencia, los magistrados electorales confirmaron que Attolini Murra, actual candidato de Morena a diputado federal y entonces militante de ese partido, pidió en su cuenta de Twitter el “voto masivo” para su partido.

En el caso de Alejandro Moreno publicó una imagen con los personajes de Los Simpson y el logo del PRI, anunciando anticipadamente la victoria de su partido el día de la jornada electoral.

El 29 de abril, la Sala Especializada del TEPJF determinó la existencia de infracciones que vulneraron la veda electoral por parte de Attolini Murra y de Moreno Cárdenas, por lo que les impuso una multa de 150 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 13,032 pesos para cada uno.

La Sala Especializada consideró que los partidos incurrieron en omisión en el deber de cuidado por las publicaciones hechas en Twitter durante el periodo de veda de los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo, pero tanto Morena como el PRI impugnaron ─por separado─ la sentencia.

Morena argumentó que la autoridad realizó una indebida fundamentación y motivación, pues no se configuraba su culpa in vigilando, mientras que Moreno Cárdenas consideró que la Sala Especializada no realizó un estudio pormenorizado, y resolvió con base en apreciaciones subjetivas.

La publicación de Attolini se emitió el 17 de octubre de 2020, es decir, un día antes de la jornada electoral de Coahuila e Hidalgo. En el caso del dirigente del PRI, el mensaje lo emitió el día de la jornada electoral.

Los magistrados de la Sala Superior consideraron que internet y las redes sociales son plataformas que se han ido arraigando con una tendencia de crecimiento, al grado que se han constituido como parte de los principales y más eficaces medios para propagar información, lo que facilita la interacción y difusión en tiempo real.

Consideraron que es válido asumir que las manifestaciones con propósito electoral difundidas en redes sociales e Internet quedan comprendidas en la definición legal de propaganda electoral.

Por ello, confirmaron la sentencia emitida por la Sala Especializada respecto de la vulneración de la veda electoral durante los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo, en octubre de 2020.

jorge.monroy@eleconomista.mx

rrg

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