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Política

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Urgen a la SFP limpieza en órganos de control

La ASF urgió a la SFP a evaluar la continuidad de funcionarios de los OIC encargados de sancionar actos de corrupción, debido a que en varios casos no defienden el expediente ante las autoridades administrativas o retrasan los procesos, lo que deja a los funcionarios corruptos sin sanción.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) urgió a la Secretaría de la Función Pública (SFP) a evaluar la continuidad de funcionarios de los órganos internos de control (OIC) encargados de sancionar actos de corrupción, debido a que en varios casos no defienden el expediente ante las autoridades administrativas o retrasan los procesos, lo que deja a los funcionarios corruptos sin sanción.

Por lo anterior, la ASF considera que es conveniente evaluar la actuación de los servidores públicos que omitieron integrar el procedimiento de responsabilidad administrativa con los elementos necesarios que aseguraran la firmeza legal de las sanciones determinadas , demandó la ASF en su revisión a la Cuenta Pública del 2011.

Como El Economista le ha dado seguimiento, la ASF enumeró decenas de casos en que los OIC presentan omisiones y errores que permiten al funcionario interponer juicios que los libera finalmente de la sanción que les imponen los propios OIC.

Por ejemplo, la ASF expuso que en ocho casos de corrupción que involucraron en total a 36 servidores públicos del IMSS, se comprobó que el OIC no contó con originales ni copias certificadas de los expedientes que integraron el proceso de responsabilidades administrativas a esos servidores públicos, debido a que no era práctica del área de responsabilidades quedarse con copia certificada de los expedientes que enviaban al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) .

El OIC del IMSS indicó sólo contar con cuadernillos en copia simple con algunos documentos que pudieron localizar en los expedientes originales que en su momento obraron en su poder.

En otro caso, en el expediente número 0061/2008, que involucró una sanción de 3,356 pesos a cuatro funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad de los que no se proporcionó sus nombres, se observó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no procedió al cobro de la sanción debido a que uno de los servidores interpuso juicio de nulidad y lo ganó, ya que el OIC de la CFE no definió dónde ocurrieron los hechos y cuando quiso subsanar esta situación había prescrito el delito.

Otro caso, con número de expediente 0032/2003, involucró una sanción de 212,600 pesos a 15 funcionarios de Petróleos Mexicanos en su área de Refinación; la Auditoría comprobó que el OIC de Pemex tuvo inactividad durante 183 días desde la fecha en que recibió el caso hasta que le dio inicio al expediente, el 30 de septiembre del 2003, por lo que los servidores públicos involucrados presentaron pruebas para su desahogo, desde el nueve de julio del 2004 y el OIC las admitió casi tres años después.

Las dos sanciones económicas impuestas por un importe total de 212,600 pesos fueron impugnadas por los servidores públicos sancionados y el TFJFA declaró la nulidad lisa y llana de las dos sanciones, al actualizarse la figura jurídica de la prescripción del delito respecto de las facultades sancionatorias de la autoridad, debido a que la resolución del OIC se notificó a los servidores tres meses y 15 días después del término de prescripción.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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