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Política

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Usan menos de la mitad de entidades urnas electrónicas

Las autoridades electorales recomiendan implementar un procedimiento de verificación funcional de las urnas electrónicas por un ente externo confiable y reconocido.

Veintisiete años después de que se estableció en la Constitución el voto de los mexicanos en el extranjero y posteriormente el sufragio electrónico, menos de la mitad de las 32 entidades federativas del país lo han instrumentado (14); de éstas, sólo en cinco se han usado urnas electrónicas en comicios locales por parte de ciudadanos que viven fuera y dentro del país.

“El derecho al voto de forma electrónica ya será para mexicanos y mexicanas residentes en el extranjero y los localizados en el territorio nacional en los procesos electorales federales, estatales o de revocación de mandato previsto en leyes, reglamentos o lineamientos de Baja California, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Estado de México, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas”, cita el estudio “Democracia electrónica. Revisión de la legislación federal y estatal sobre el voto”.

Para elecciones a nivel local, las urnas electrónicas han sido utilizadas también en Aguascalientes e Hidalgo.

De acuerdo con el documento confeccionado por la investigadora María Cristina Sánchez Ramírez del Instituto Belisario Domínguez (IBD) de la Cámara de Senadores, en el Congreso de la Unión hay en estudio tres iniciativas de reformas en la materia a la espera de su aprobación, una de las cuales plantea cambios de carácter constitucional promovida por el Grupo Parlamentario del PRI en el Senado; en la Cámara de Diputados se analiza también una iniciativa de cambios a la legislación secundaria vigente, presentada por Morena, sobre la instrumentación de la urna electrónica.

La posibilidad de que las personas mexicanas con residencia en el extranjero emitan su voto en las elecciones fue establecida por primera vez en el Artículo 36 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 1996; un año después se introdujo la doble nacionalidad en el Artículo 32.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) prevé, en el artículo 339, reformado este año y cuyos cambios forman parte del paquete declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) o, la coordinación del organismo público local, aprobarán el formato de boleta electoral impresa y/o electrónica para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan ejercer ese derecho.

Método efectivo

El reporte resume que es posible “que el voto electrónico se convierta en un mecanismo efectivo y confiable para votar en México”, tal como ya se probó en las entidades federativas donde ha habido procesos electorales con la instrumentación de urnas electrónicas, pero que “falta resolver los retos que su implementación implica tanto en la confianza de los ciudadanos y ciudadanas como en el desarrollo de las urnas electrónicas y del software eficaz para lograrlo”.

Refiere que de acuerdo con el INE, hace dos años 33,698 personas de nacionalidad mexicana residentes en 92 países solicitaron emitir su voto en la elección de gubernaturas de nueve entidades federativas y de diputaciones locales y federales.

Tanto en la legislación electoral como en lineamientos que emite el INE, detalla, se establece la posibilidad del voto electrónico o vía postal principalmente para ser utilizado por las personas mexicanas residentes en el extranjero, así como también la utilización de urnas electrónicas en votaciones locales como ha sucedido en Aguascalientes, Ciudad de México, Coahuila, Estado de México, Hidalgo, Jalisco y Tamaulipas.

El artículo 339 de la LGIPE (2023) prevé que el Consejo General del INE o la coordinación del organismo público local aprobarán el formato de boleta electoral impresa y/o electrónica para que los mexicanos residentes en el extranjero puedan ejercer su derecho al voto.

“En México, sólo 12 entidades federativas contemplan en sus legislaciones alguna disposición sobre el voto electrónico: Baja California Sur, Ciudad de México, Chiapas, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Yucatán y Zacatecas. De los cuales, Coahuila y Jalisco, han desarrollado sus propias urnas electrónicas que han utilizado en elecciones constitucionales con validez oficial’’, agrega el documento.

Según el “Informe final de la implementación de la urna electrónica'” (Ifiue), elaborado en 2022 por el INE, entre los retos que se enfrentan para la implementación de la urna electrónica destaca generar confianza en los actores políticos, medios de comunicación y sociedad en general.

Las autoridades electorales recomiendan implementar un procedimiento de verificación funcional de las urnas electrónicas por un ente externo confiable y reconocido, así como la creación de un grupo encargado del proyecto de planeación y coordinación.

rolando.ramos@eleconomista.mx

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