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Van 58 medidas cautelares contra el padrón de datos biométricos

El juez federal especializado, Rodrigo de la Peza, desechó por improcedentes 53 demandas de amparo que impugnaban la obligación de los ciudadanos de entregar datos personales y biométricos al nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Foto: Cuartoscuro

Foto: Cuartoscuro

El juez federal especializado, Rodrigo de la Peza, desechó por improcedentes 53 demandas de amparo que impugnaban la obligación de los ciudadanos de entregar datos personales y biométricos al nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

El juzgador consideró que la presentación de dichas demandas es prematura, ya que aún no han sido publicados los lineamientos de la reforma legal aprobada por el Congreso y, por lo tanto, todavía no causa afectaciones a los usuarios de telefonía celular.

Recordó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es la autoridad responsable de emitir las disposiciones administrativas en un plazo de 180 días, a partir del 17 de abril.

“En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a que este juzgador deba considerar que durante el mismo, se está ante una norma heteroaplicativa”, indicó.

Por otro lado, y en contraste, el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó 28 nuevas suspensiones provisionales contra las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Suman en total 58 las medidas cautelares otorgadas a ciudadanos y asociaciones civiles que se oponen a registrar sus datos personas en el Panaut.

Gómez argumentó que la cancelación de la línea telefónica a aquellos usuarios que no registren sus datos en el padrón, podría incidir en otros derechos como el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, lo que a su vez, repercutiría en el derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, reconocidos en el artículo sexto de la Constitución.

También refrendó que, a su juicio, no se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a desplegar e incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor.

En ese marco, la Presidencia de la República interpuso ante Tribunales Colegiados en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, un recurso de queja para impugnar la suspensión provisional que concedió previamente el juez Gómez Fierro a un ciudadano, en contra el registro en el Panaut.

El recurso deberá ser resuelto en las próximas horas para determinar si confirma, revoca o modifica la medida.

politica@eleconomista.mx

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