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Virgilio pudo ir más lejos en investigación de casas Higa
Andrade tuvo en sus manos, y no lo hizo, la posibilidad de aplicar el artículo 8° de Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, dice Salvador Vega.
La Secretaría de la Función Pública (SFP) pudo aplicar la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas para determinar si la empresa Higa, de Juan Armando Hinojosa, recibió beneficios por la compra-venta de casas al presidente Enrique Peña Nieto y al secretario de Hacienda, Luis Videgaray, detalla Salvador Vega Casillas.
Entrevistado por El Economista, el senador y ex titular de la Secretaría de la Función Pública, Salvador Vega Casillas, afirmó que el secretario Virgilio Andrade se limitó a revisar el posible conflicto de interés por parte del presidente y el secretario de Hacienda con base en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para sacar una declaración que ya la sabíamos desde hace siete meses .
Afirmó que el secretario de la Función Pública tuvo en sus manos, y no lo hizo, la posibilidad de aplicar el artículo 8° de Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, el cual refiere una irregularidad cuando se ejecute con uno o más sujetos, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal .
El artículo 8 de dicha ley puede verse completo en esta liga: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5253615&fecha=11/06/2012.
Vega Casillas añadió que incluso con dicha ley y sin necesidad de nuevas reformas, la SFP podía acceder a la contabilidad de la empresa Higa y revisar posibles irregularidades en ingresos, lo permite el párrafo III del artículo 14.
Por ello, Vega Casillas dijo que la SFP hizo una investigación de trámite y limitada, que se abocó a revisar 33 contratos, pero no el tráfico de influencias en que pudo haber incurrido la empresa Higa de Juan Armando Hinojosa, amigo del presidente Enrique Peña Nieto y del secretario de Hacienda.
Por ello, Vega Casillas criticó que el secretario Virgilio Andrade haya determinado como concluyente su investigación, dado que no dio vista al actual gobierno del Estado de México, a fin de que investigara un posible tráfico de influencias de Peña Nieto cuando fue mandatario de esa entidad, donde Higa también obtuvo diversos contratos de obra.
(La investigación de la SFP) Es un asunto que fue hecho para darle carpetazo al tema, y además lo hicieron de la peor manera, porque ni siquiera le ayudaron al presidente con este tema... Todo mundo lo tomó como una verdadera burla de la secretaría , sentenció.
Qué es conflicto de interés
Las diferentes organizaciones encargadas del tema tienen amplías coincidencias para determinar una definición estándar de conflicto de interés, tema al cual se centró la investigación de la SFP y que determinó que no hubo tal en el caso de las casas Higa.
Para el Centro de Recursos Anticorrupción, con sede en Noruega, el conflicto de interés se presenta cuando una persona con responsabilidad pública participa en una actividad que pone en peligro su criterio profesional, objetividad e independencia.
A menudo, advierte, esta actividad puede ser un negocio privado sirve, principalmente, a intereses personales y potencialmente puede influir en el ejercicio objetivo de los deberes oficiales del funcionario.
Las directrices en la Auditoría Superior para Prevenir el Conflicto de Intereses plantea que este hecho se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.
Éste puede ser potencial, es decir, no hay conflicto de intereses en el momento, pero en un futuro dadas ciertas circunstancias puede aparecer y ser real, cuando un interés influye parcialmente en el desempeño de las actividades de un servidor público.
La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos también habla del tema. En el párrafo XII del artículo octavo establece que hay intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.
Una vez concluido el empleo, cargo o comisión, el servidor público deberá observar, para evitar incurrir en intereses en conflicto, lo dispuesto en el artículo 9 de la norma, fracción en la que se ordena que un funcionario que deje de desempeñar su cargo, no podrá: aprovechar su influencia ni obtener ventaja ni usar en provecho propio o de terceros, la información o documentación a la que haya tenido acceso.
Organismos internacionales
La OCDE, a través de la publicación Manejando el conflicto de intereses en el sector público , expone que la expectativa hacia los gobiernos de asegurar que los funcionarios públicos no permitan que sus intereses privados comprometan las decisiones oficiales y el manejo público va en aumento.
Este organismo multilateral, que agrupa a 34 países incluyendo a México , explica que una política efectiva en la materia no es la simple prohibición, sino que el objetivo principal debe ser mantener la integridad de la política oficial, las decisiones administrativas y de gestión pública en general, reconociendo que un conflicto no resuelto de interés puede resultar en un abuso de un cargo público.
Ello puede evitarse garantizando que los organismos públicos posean y apliquen normas de actuación pertinentes para la promoción de la integridad.
Considera que, evitar dicho conflicto, requiere un equilibrio pues un enfoque demasiado estricto puede contravenir a otros derechos, ser disfuncionales o, disuadir a algunas personas de la búsqueda de un cargo público.
El balance se logra mediante la identificación de los riesgos para la integridad del público, organizaciones y funcionarios públicos; al mismo tiempo que se prohíben formas inaceptables de conflicto.
Asimismo debe dar a conocer a las organizaciones públicas y funcionarios sobre la incidencia de este tipo de conflictos, asegurar que se implementen procedimientos de gestión adecuada para este tipo de conductas y promover resoluciones adecuadas ante estas situaciones.
Por exonerar a EPN
PAN buscará juicio político en contra de Virgilio Andrade
Tijuana, BC. EL GRUPO parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados solicitará juicio político contra Virgilio Andrade, secretario de la Función Pública, por exonerar al presidente Enrique Peña Nieto de haber incurrido en conflicto de intereses en la compra de la famosa Casa Blanca, que realizó su esposa Angélica Rivera.
Marco Cortés Mendoza, coordinador de la bancada panista, informó que en los próximos días se interpondrá la denuncia correspondiente, de manera formal, ante el Congreso de la Unión.
Los resultados de la investigación sobre los vínculos y conflictos de interés del presidente de la República (...) fueron una burla para todos los mexicanos , consideró.
Anticipó que su fracción parlamentaria solicitará también la creación de una comisión especial bicameral del Congreso de la Unión que investigue los hechos de corrupción y conflictos de interés, ante la actitud del gobierno de dar por cerrado este asunto (de la Casa Blanca).
Además de que insistirá en que se nombre, de inmediato, al fiscal especializado en delitos relacionados con hechos de corrupción. (R. Ramos)