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Política

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Avala Senado reglas para elección de jueces en el país

Se retiró un cambio que permitía a los poderes de la Unión vetar a candidatos.

Las enmiendas fueron aprobadas por mayoría de votos de Morena y sus partidos aliados.

Las enmiendas fueron aprobadas por mayoría de votos de Morena y sus partidos aliados.foto: cuartoscuro Daniel Augusto

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó dos decretos por los que se reforman la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, para normar la elección de ministros, jueces y magistrados por voto popular. 

Aprobados en lo general y particular por Morena, PT y PVEM —la oposición del PAN, PRI y MC votó en contra—, las minutas fueron remitidas a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual aprobación o modificación.

Debate

Desde la tribuna, la morenista Margarita Valdez, presidenta de la Comisión de Gobernación, explicó, al fundamentar los dictámenes sometidos a discusión y votación, que los cambios propuestos por la presidenta Claudia Sheinbaum tienen como propósito definir reglas claras para la elección, por primera vez, de los cargos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

A nombre del PAN, Karen González Márquez anticipó que el voto de los suyos sería en contra, sin dejar pasar la oportunidad de criticar un cambio promovido y aprobado en comisiones por Morena, pero retirado de última hora por la polémica que generó.

Criticó que se pretendiera establecer en el artículo 500, numeral 5 de la Legipe, que los poderes de la Unión determinarán su conformidad total o parcial sobre los listados de los candidatos y en caso de que se rechace la totalidad de la lista, los comités deberán presentar un nuevo listado.

Llegado el momento, Javier Corral Jurado explicó su reserva para modificar el referido artículo.

“Lo digo como es, esta reserva que presento modifica el dictamen en dos componentes fundamentales:

“Primero. Modifica la adición que se introdujo antier en el seno de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos en donde se produjo un intenso debate sobre este tema, ha sido el tema, incluso, de mayor polémica en la opinión pública.

“¿Para qué estamos proponiendo esta reserva? Para regresar al contenido estricto de carácter constitucional el procedimiento por el cual los comités de evaluación realizan las listas de los diez mejores y de las seis mejores personas, según corresponda. Y luego el proceso de depuración final mediante insaculación que se entregará a los poderes para su aprobación. Esto significa respetar el contenido de la reforma constitucional en sus bases fundamentales”.

Por el PRI, Karla Toledo Zamora también adelantó el voto de su fracción parlamentaria en contra de los dos dictámenes.

Contenido

El decreto que reforma la Legipe en materia de elección de personas juzgadoras del PJF, precisa que los cambios son oportunos porque el Instituto Nacional Electoral (INE) necesita leyes y reglas claras para cumplir con la máxima constitucional sobre la elección libre, directa y secreta de las personas juzgadoras del Poder Judicial.

“Dichas modificaciones comprenden la preparación de la elección, convocatoria, postulación de candidaturas, jornada electoral, cómputos y sumatoria, asignación de cargos, calificación de la elección y declaración de validez, así como las campañas electorales, con énfasis en la participación ciudadana y una cultura de la democracia participativa, entendida no sólo como forma de gobierno sino como forma de vida”, cita.

Las enmiendas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral actualizan los medios de impugnación en el proceso de elección de los ministros, jueces y magistrados.

El juicio electoral, precisa el artículo 111, será procedente para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho a ser votadas de las personas candidatas a ministras, magistradas o juezas del PJF en el proceso electoral respectivo.

Se prevé, además, que durante el proceso electoral para la elección de los juzgadores “el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales”, y que los “medios de impugnación no producirán efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado”.

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