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Política

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Confirman que no habrá voto en el extranjero al PJF

El INE determinó en diciembre pasado que no existía claridad en las leyes para sufragar en otros países.

En sesión los magistrados del Tribunal Electoral reconocieron que la falta de recursos en el INE impedirá garantizar el derecho de los mexicanos en el extranjero a votar.

En sesión los magistrados del Tribunal Electoral reconocieron que la falta de recursos en el INE impedirá garantizar el derecho de los mexicanos en el extranjero a votar.Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el INE no cuenta con las condiciones operativas y económicas necesarias para implementar el voto de los mexicanos en el extranjero en la elección de jueces, magistrados y ministros que se realizará el próximo 1 de junio.     

El pasado 15 de diciembre, el Instituto Nacional Electoral (INE) comunicó a diversas organizaciones migrantes que le exigían emitir lineamientos en la materia, que no será viable la implementación del voto de los mexicanos en el extranjero en la elección judicial ya que Congreso de la Unión no legisló sobre el tema en la reforma judicial.

No obstante, inconformes con la determinación del INE, las organizaciones impugnaron dicho acuerdo ante el TEPJF, quien avaló la respuesta del organismo electoral, pero por distintas razones.

De acuerdo con la máxima instancia en materia electoral, si bien se considera que es posible la maximización o reconocimiento de un derecho como lo es el voto de los mexicanos en el extranjero, sostuvo que es “necesario que existan condiciones jurídicas y fácticas esenciales para ello, pues de lo contrario se estaría reconociendo un derecho de imposible cumplimiento”.

Por lo anterior, confirmó “que no es posible que el INE implemente acciones afirmativas para el ejercicio del derecho al voto de las personas mexicanas residentes en el extranjero en las elecciones de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación porque, como se señala en el acto impugnado, no existen condiciones técnicas, operativas, temporales y financieras para lograr la consecución del fin que pretenden las partes accionantes”.

Al votar en contra, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón destacó que al ser un derecho constitucional, el INE debería buscar la manera de implementar el voto de las personas residentes en el extranjero, por lo menos para la elección de personas juzgadoras para los cargos de orden nacional, como los son la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Sala Superior de este Tribunal y del Tribunal de Disciplina Judicial.

Aunque reconoció que las condiciones presupuestales no son las idóneas, el magistrado también criticó que el INE no haya hecho un análisis de cómo dirigir esos recursos para una implementación que garantice al menos la posibilidad de votar, por ejemplo, por una modalidad de las tres modalidades con las que cuenta: postal, electrónica o presencial.

“Tendría que analizarlo el Consejo General del INE, pero no tomar como una decisión de la restricción absoluta de un derecho fundamental (...) O podría solicitar los recursos en una ampliación presupuestal, como lo ha hecho recientemente y se le otorgó una ampliación de 800 millones de pesos”, subrayó.

Reyes Rodríguez también sostuvo que “no podemos más que asumir que las personas mexicanas residentes en el extranjero no son ciudadanos de segunda categoría”.

En respuesta, la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, responsable del proyecto, coincidió con el INE sobre que no existen condiciones en este momento para emitir normativa para la participación de las y los ciudadanos en el extranjero, en la elección de personas juzgadoras.

Y es que destacó que para esta elección el INE cuenta con recursos limitados, por ende, agregó, dichas dificultades le impiden materializar para esta primera elección extraordinaria de personas juzgadoras el derecho al voto de las personas mexicanas residentes en el extranjero.

“Si bien lo óptimo sería que todas las personas que radican en el extranjero (...) pudieran sufragar en las referidas elecciones, el decreto de reforma constitucional impuso plazos sumamente reducidos para organizar un mecanismo inédito y complejo, lo cual dificultó la incorporación de medidas adicionales sin comprometer la operatividad del proceso en curso”, sostuvo.

En el mismo sentido, el magistrado Felipe Fuentes Barrera consideró que “buscar la ejecución de la votación de los mexicanos en el extranjero bajo estas condiciones, más que garantizar el ejercicio de un derecho, implicaría un riesgo a la logística del proceso y a la confianza ciudadana”.

Regresan a contienda

La Sala Superior del TEPJF ordenó al Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo incorporar a dos abogados a su lista de aspirantes que cumplen con los requisitos de elegibilidad para la elección de personas juzgadoras.

Se trata del abogado Alfredo González Vázquez, quien impugnó la lista de aspirantes elegibles al cargo de magistradas y magistrados, debido a que dicho comité indebidamente dio por incumplido el requisito relativo a la presentación de título o cédula que acredite la licenciatura en Derecho, por lo que al realizar un análisis efectuado al expediente digital se aprecia que, si bien no se encuentra el título, sí se acompañó la cédula profesional respectiva.

De igual forma, el TEPJF ordenó reintegrar al proceso a Ricardo Núñez Ayala, exalcalde de Cuautitlán Izcalli, y quien compite por el cargo de magistratura de Circuito del Poder Judicial de la Federación.

Lo anterior, al considerarse fundado el agravio en el que reclama que, de forma incorrecta, el comité determinó su inelegibilidad pues la propia convocatoria es clara en señalar que, es optativo la exhibición del título profesional o, en su defecto, la cédula profesional. “Por ello, el hecho de que la parte actora no adjuntara la cédula profesional, no era una razón válida para excluirlo”.

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