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Formalizan en Diputados la extinción del Inai
Las autoridades podrán reservar información en al menos 12 casos, entre estos cuando se comprometa la seguridad nacional o la paz social.

Cámara de Diputados.
La Cámara de Diputados concluyó con el proceso legislativo para formalizar la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI); en su lugar, se dio vida a un nuevo organismo llamado “Transparencia para el Pueblo”.
Sin el apoyo de la oposición, Morena y sus aliados aprobaron las reformas derivadas de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para expedir diversas leyes secundarias que armonizaran la legislación en materia de transparencia y protección de datos personales. Dicho documento fue enviado al Ejecutivo Federal para su publicación.
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Cabe destacar que con estas modificaciones se expiden las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y se reforma el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Y se crea un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, denominado “Transparencia para el Pueblo”, el cual servirá como una autoridad garante federal en la materia.
Dicho organismo conocerá y resolverá recursos de inconformidad que interpongan los particulares en contra de resoluciones, quedando a salvo los recursos de carácter jurisdiccional.
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Asimismo, este nuevo esquema define la creación de 18 autoridades especializadas en diferentes ámbitos de la administración pública, como lo son cada Poder del Estado, así como los órganos autónomos, el Instituto Nacional Electoral en el caso de los partidos políticos, el Centro Federal de Registro de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para los sindicatos.
Asimismo, se reglamenta la operación de la Plataforma Nacional de Transparencia sea gestionada directamente por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
En lo que refiere al manejo de la información, se indica que ésta podrá ser clasificada como reservada por un periodo de 5 años, con la opción de ampliar dicho plazo otros 5 años, “siempre y cuando justifiquen que subsisten las causas que dieron origen a su clasificación, mediante la aplicación de una prueba de daño”.
Al tiempo que las autoridades podrán reservar información en, al menos, 12 casos, tales como cuando se “comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa nacional o la paz social”, o cuando “pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física”.
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No obstante, también se incluye un blindaje directo para el caso de las obras prioritarios del gobierno, pues la norma establece que se podrá reservar la información cuando se “ponga en riesgo el funcionamiento o integridad de los sistemas tecnológicos, energéticos, espaciales, satelitales, de telecomunicaciones o de defensa desarrollados, adquiridos u operados por el gobierno Federal de forma directa o indirecta, así como instalaciones, infraestructuras, proyectos, planes o servicios de protección estratégicos, prioritarios o de defensa”.
Durante la discusión de estas reformas, la diputada Claudia Rivera Vivanco (Morena), criticó a la oposición por sembrar temor entre la ciudadanía sobre los efectos de la reforma, ello al destacar que la integración de las funciones del INAI en estructuras ya existentes, contribuirá a reducir duplicidades y gastos innecesarios, optimizando los recursos públicos y eliminando la corrupción que se había gestado en el organismo.
“Queremos dejar en claro que la reforma no representa un retroceso en materia de transparencia, como algunos intentan hacer creer. Al contrario, garantiza que el acceso a la información pública continuará siendo un derecho fundamental y que los datos personales de los ciudadanos seguirán siendo protegidos bajo un marco claro, ágil y democrático”, afirmó Rivera Vivanco.
Mientras que la diputada del MC, Irais Reyes de la Torre, lamentó que se elimina el INAI, un órgano autónomo de transparencia, bajo el argumento de generar ahorro de recursos, por un órgano desconcentrado, sectorizado de la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno denominado Transparencia para el Pueblo, lo cual calificó como “una regresión al autoritarismo del partido hegemónico que tanto dijeron combatir”.
Los cambios en transparencia
- Aumenta de 13 a 17 las causales de reserva de información.
- No podrá invocarse el carácter de reservado tratándose de información relacionada con actos de corrupción acreditados.
- Las facultades del Inai las asumirá la “autoridad garante federal” denominada “Transparencia para el Pueblo”, dependiente de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
- La “autoridad garante local” son las contralorías de las dependencias del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, dependientes de los gobernadores, quienes asumirán también la responsabilidad en materia de transparencia de sus municipios.
- El PJF deberá habilitar juzgados de Distrito y tribunales colegiados de Circuito especializados en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.
- Los institutos de transparencia de las entidades federativas continuarán operando hasta en tanto las legislaturas no emitan la legislación para armonizar su marco jurídico.
- A la entrada en vigor del presente Decreto, es decir, el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Inai queda formalmente extinto.
- Los derechos laborales de trabajadores del Inai serán respetados y éstos pasarán a formar parte de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión a las personas que, estando autorizado para tratar datos personales, lucren con ellos o provoquen una vulneración de seguridad a las bases de datos bajo su custodia.
- La información que sea clasificada como reservada, se hará por un periodo de 5 años, con la opción de ampliar otros 5 años.
- Las autoridades podrán reservar información en, al menos, 12 casos, incluso cuando se “comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa nacional o la paz social”, o cuando “pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física”.