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Política

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Inicia el martes análisis de enmiendas al PJF

La Suprema Corte afirmó que hizo público el proyecto sobre la reforma judicial “en un ejercicio de transparencia proactiva para que sea consultado por la ciudadanía” en su página web.

El Gobierno está a espera de que la Segunda Sala discuta y elimine una jurisprudencia del 2018 respecto a la Lista de Personas Bloqueadas.

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Foto: Especial

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el próximo 5 de noviembre la revisión de la reforma constitucional del Poder Judicial, que establece la elección de ministros, magistrados y jueces por voto directo de los ciudadanos a partir del 2025. 

Los ministros, informó de manera oficial el máximo tribunal constitucional del país en una tarjeta de tres párrafos, decidieron en forma unánime, en sesión privada, que será a partir de esa fecha cuando se resuelva la propuesta de Juan Luis González Alcántara Carrancá de invalidar la reforma judicial de manera parcial; elegir por voto popular a ministros, pero no a magistrados ni jueces.

“Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, el martes 5 de noviembre, iniciará con la revisión del proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, relacionado con los expedientes de la llamada Reforma Judicial, atendiendo los plazos previstos en la ley, conforme a los cuales se rige la acción de inconstitucionalidad.

“El proyecto analiza las acciones de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas 165/2024, 166/2024, 167/2024 Y 170/2024, que se presentaron en contra del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución (...), en materia de reforma al Poder Judicial, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre pasado”, cita la tarjeta informativa.

Así como que la Corte hizo público el proyecto referido “en un ejercicio de transparencia proactiva para que sea consultado por la ciudadanía” en la página institucional.

Desde la perspectiva de González Alcántara Carrancá, sí procede revisar la reforma constitucional judicial “con base en un principio de máxima deferencia al órgano revisor de la Constitución”.

Y que el juicio de invalidez se limita “exclusivamente a los artículos que vulneran nuestra forma de gobierno democrática; y no así de aquellas disposiciones que resultan poco o menos idóneas que las que existían con anterioridad”.

Cabe precisar que será la primera vez que la Corte revise y se pronuncie sobre reformas a la Carta Magna.

Argumentos

Es necesario entrar al análisis del Decreto impugnado y declarar la invalidez de diversos artículos que nulifican la independencia judicial y subordinan a sus titulares al resto de los Poderes, explica en su proyecto, porque ello debilita “nuestra democracia constitucional”.

La Corte, propone, tiene que declinar el análisis de los planteamientos relativos al régimen que afecta a los ministros exclusivamente.

El Tribunal Pleno de la Corte, asegura, “es competente para resolver” las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI y MC, “dado que se planteó la posible contradicción entre una norma general producto de una reforma constitucional y la Constitución federal”.

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