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Política

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Sala Superior ratifica triunfo de Rojo de la Vega

El pasado 18 de septiembre, la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, revocó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, que anuló el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega en la alcaldía Cuauhtémoc, por supuesta violencia política de género en contra de la morenista, Eldaa Catalina Monreal Pérez.

 Foto: Especial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó las quejas interpuestas por la entonces candidata de Morena, Catalina Monreal Pérez, en contra de la validez de la elección de la alcaldía Cuauhtémoc de la Ciudad de México; por lo que al agotarse los recursos de impugnación quedó firme el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega en la demarcación 

Por unanimidad de votos, el pleno del máximo tribunal en materia electoral confirmó los proyectos de la magistrada Janine M. Otálora Malassis que calificaron como improcedentes las impugnaciones interpuestas por Morena en contra la de la resolución de la a Sala Regional Ciudad de México, la cual consideró que Rojo de la Vega no cometió violencia política en razón de género y calumnia, contra Catalina Monreal durante el pasado proceso electoral, y no había motivos para anular la elección.

Con esto, se ratificó el triunfo de la entonces candidata del PAN, PRI y PRD, a la alcaldía Cuauhtémoc, Alessandra Rojo de la Vega, por lo que podrá tomar posesión del cargo el próximo 1 de octubre.

Cabe señalar que el pasado 18 de septiembre, la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, revocó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, que anuló el triunfo de Alessandra Rojo de la Vega en la alcaldía Cuauhtémoc, por supuesta violencia política de género en contra de la morenista, Eldaa Catalina Monreal Pérez.

De acuerdo con esta Sala del TEPJF, no fue posible acreditar la violencia política en razón de género argumentada por la aspirante morenista, pues se dijo que las expresiones realizadas por Rojo de la Vega se encuentran amparadas por la libertad de expresión en materia política, ya que no fueron usadas con la finalidad de demeritar a su contrincante por el hecho de ser mujer, sino que “se hicieron para manifestar la concepción que tiene la candidata denunciada sobre un grupo político integrado por personas de ambos géneros que conforman la misma familia (Monreal)”.

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