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Política

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La SCJN despenaliza el aborto en Chihuahua

La Corte estableció que la declaratoria tiene el alcance de que las disposiciones determinadas inconstitucionales no sean aplicadas a persona alguna por las autoridades.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la criminalización del aborto voluntario en el estado de Chihuahua, al eliminar los artículos del Código Penal del estado que regulaban el delito de aborto voluntario.

Determinó que los preceptos son violatorios de los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación, así como del derecho humano a la salud, al tipificar el delito de aborto voluntario.

“Las declaratorias generales de inconstitucionalidad se expulsan del sistema jurídico las normas generales no tributarias contrarias a los derechos humanos previstos en la Constitución Federal y los tratados internacionales. Esto, con el fin de mantener su congruencia, evitar desigualdades y garantizar una administración de justicia pronta y expedita”, detalló la Corte.

A través de un comunicado, la Primera Sala también consideró que las medidas contenidas en los preceptos legales de referencia pueden ocasionar que las mujeres y personas gestantes que quieren abortar tengan que hacerlo en condiciones inapropiadas, lo que las coloca en una situación de riesgo y peligro, orillando a que las decisiones que tomen sobre su maternidad, sin un acompañamiento adecuado, afecten su salud, poniendo en riesgo su bienestar físico, mental, e incluso social.

La Corte estableció que la declaratoria tiene el alcance de que las disposiciones determinadas inconstitucionales no sean aplicadas a persona alguna por las autoridades.

Al tratarse de la materia penal, los efectos de la resolución serán retroactivos a la fecha de entrada en vigor de las disposiciones invalidadas, en beneficio de las mujeres y personas gestantes que estén siendo investigadas, procesadas o que hayan sido condenadas por la comisión de este delito.

También será aplicable a los profesionales de servicios médicos y de la salud, siempre que hayan contado con el consentimiento de la mujer o persona gestante.

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