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TEPJF pide al INE reglas claras para la validez o nulidad de los votos de la elección judicial
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló el modelo de boletas electorales para magistraturas de circuito y personas juzgadoras de distrito, pero reconoce que podría generar "confusión".

Foto EE:
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al INE que emita criterios para determinar con “total claridad” los motivos por los que se validarán o anularán los votos emitidos en la elección judicial del próximo 1 de junio.
Tras avalar el modelo de boletas electorales para magistraturas de circuito y personas juzgadoras de distrito que aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE), el pleno de la Sala Superior del TEPJF aprovechó el asunto para vincular al órgano electoral “para que emita los criterios aplicables al escrutinio y cómputo de la votación en el que se determine con total claridad lo concerniente a la validez o nulidad de los votos”.
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Lo anterior, al reconocer que el modelo de la boleta electoral podría generar confusión del electorado, pese a que las reglas para la validez o nulidad de los votos se encuentran establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicada en el DOF el 14 de octubre de 2024.
Asimismo, el TEPJF ordenó al INE a que tome las medidas necesarias a efecto de que las personas que no saben leer ni escribir, así como las que se encuentren impedidas físicamente, puedan ser asistidas por una persona de su confianza al momento de emitir su voto.
Reconocen complejidad de las boletas
Durante la discusión de estos asuntos, la magistrada Janine Otálora Malassis mostró su desacuerdo con algunas de las resoluciones, pues advirtió que este nuevo proceso electoral implica un desafío y se encuentra agravado cuando las autoridades no enmiendan las complicaciones que se van generando .
Sobre el diseño de las boletas, consideró que no es un asunto menor ya que se trata de clarificar a la ciudadanía las opciones por las que podrá votar el día de la jornada electoral, por ello, insistió que “las boletas aprobadas para estas elecciones, para estos cargos son, en efecto, confusas y no comparto la conclusión del proyecto, por lo que estimo que sí podrían conducir al error de la ciudadanía”, advirtió.
En el mismo sentido, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón sostuvo que la falta de claridad, de simplicidad de la boleta, puede confundir a los votantes.
Consideró que aunque el INE optó por seguir una regla que está en la Constitución, la cual ordena a los candidatos en orden alfabético del apellido, también se pudo organizar ese orden alfabético de otra manera, como puede ser por especialidad.
“Es una lista con una secuencia que tiene como consecuencia que, las personas que se están postulando a las mismas especialidades, el mismo cargo aparezcan en distintos niveles de la boleta, para la ciudadanía sería más fácil de identificar por quién van a votar, por qué cargo, si se agruparan por especialidad, respetando el orden alfabético”, consideró.
Por su parte, la magistrada presidenta Mónica Soto Fregoso, reconoció que el diseño de las boletas de la elección judicial es compleja, no obstante, defendió que en este proceso electoral inédito, dicho diseño también va a estar a prueba, y se podrán perfeccionar en el futuro.
“Evidentemente me parece que no es un diseño de las boletas, pues lo más didáctico posible, o sea, eso no lo podemos negar, me parece que es evidente; son boletas que tienen mucha información…Creo que podemos coincidir todas y todos en que es compleja, sí, es una boleta que, por el diseño mismo de la propia elección es, tiene muchos nombres, que son las candidaturas que quedaron.
“Yo lo que creo, asumiendo, que siempre hay una manera de cómo perfeccionar las cosas, me parece que hoy estamos en este proceso electoral inédito con un diseño que también va a estar a prueba”, dijo.
Cabe señalar que al confirmar el modelo de boletas electorales para magistraturas de circuito y personas juzgadoras de distrito, el TEPJF recalcó que para este proceso electoral se previó en la Constitución el diseño específico de las boletas electorales, lo cual estableció “con total claridad que no se agrupará ni se colocará al final de la boleta el nombre de las personas juzgadoras en funciones, ya que el orden en que aparecerán las personas candidatas será alfabético y la especialidad es un elemento adicional de identificación en la boleta a fin de que se pueda emitir de forma informada el sufragio, pero no una forma de ordenación u organización, aunado a que la mencionada norma transitoria exige que la ciudadanía asiente la candidatura de su elección, lo cual implica anotar por escrito la candidatura de su elección”.
Además, se resolvió que la libertad de sufragio de la ciudadanía está garantizada, pues el hecho de que en la boleta electoral se indique “Seleccione las candidaturas de su preferencia” y no se incluya la palabra “hasta”, no afecta el sufragio, ya que se puede emitir el voto por una sola persona juzgadora, o bien, por cualquier cantidad de candidaturas que se considere.