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Sector Financiero

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Ante cargos indebidos, bancos deben regresar el dinero

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado 4 de agosto una resolución (que entró en vigor este lunes), a través de la cual determina que, ante un cargo indebido, los bancos deben regresar el dinero a los clientes con intereses moratorios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado 4 de agosto una resolución (que entró en vigor este lunes), a través de la cual determina que, ante un cargo indebido, los bancos deben regresar el dinero a los clientes con intereses moratorios.

Los cargos no reconocidos con tarjetas, son de las principales quejas que presentan los usuarios de la banca.

De acuerdo con la Corte, la Primera Sala resolvió que los bancos tienen la obligación de conservar y devolver el dinero que reciben de los cuentahabientes, por lo que si se realiza un cargo indebido a una tarjeta de débito, tendrán el deber de responder por los montos sustraídos, y si no lo hacen, tendrán que pagar intereses moratorios de 6% anual, contabilizados a partir de la fecha en que el cuentahabiente dio aviso de la disposición no reconocida.

La institución puntualizó que la responsabilidad por el descuido del dinero, surge desde que se detecta su indebida disposición, y no hasta que haya una resolución que obligue al banco a devolverlo.

La  resolución precisó, sin embargo, que si el banco demuestra que el cargo sí fe realizado o autorizado por el cliente, puede recuperar la cantidad correspondiente, así como cobrar intereses, si fuera el caso.

A finales del 2020, la SCJN ya había emitido una resolución similar, pero esta última hace más énfasis en el tema de los intereses moratorios y en los tiempos a partir de los que éstos se hacen efectivos.

Avance en favor del usuario

Mario Di Costanzo, consultor financiero, recordó justamente que la Corte ya había sacado una resolución al respecto.

“Normalmente lo que ha sucedido con esto es que, viene primero la queja, la conciliación y luego la defensoría, son procesos que más o menos pueden tardarse nueve meses o hasta un año. En este caso el banco sí te va a tener que devolver el abono junto con los intereses”, puntualizó.

Detalló, por ejemplo, que antes lo que hacían cuando era una cantidad significativa de dinero, el usuario tenía que reclamar por dos vías: el principal y los intereses. “Ahora esto va hacer que sea al mismo tiempo, que cuando el banco vaya a devolver, pues se haga la contabilidad de los intereses que ahí están estipulando”.

eduardo.juarez@eleconomista.mx

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