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Big Techs pagarían a entidades financieras para acceder a información de usuarios
Más de 2,200 entidades estarían obligadas a compartir datos; se prevé cobro de contraprestaciones.
El modelo de finanzas abiertas, u open finance, en México, el cual prevé el intercambio de información entre entidades financieras, así como con terceros en busca de mejorar la oferta al público, es el único en el mundo donde se prevé el cobro de contraprestaciones por acceder a los datos. En este contexto, si los gigantes tecnológicos o Big Techs como Google, Amazon o Facebook, buscan obtener información de los usuarios de servicios financieros tendrían que pagar a las instituciones.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha distribuido entre distintos sectores el borrador de las disposiciones de la segunda fase del modelo de finanzas abiertas, contemplado en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, o Ley Fintech, en el cual se prevé el intercambio de información, vía las interfaces de programación de aplicaciones (APIS), de los datos transaccionales de los usuarios, siempre y cuando éstos den su consentimiento.
En el borrador respecto a las reglas de intercambio de información de datos de captación de los usuarios (ahorro y cuentas transaccionales), se detalla que es necesario establecer los lineamientos respecto al cobro de contraprestaciones por este modelo, que, si bien no sería una obligación, la CNBV debe de delinear el camino sobre este tema.
“Compartir datos e información requiere de un acuerdo entre aquel que las comparte con el que los recibe, por lo que es necesario que las partes cumplan con las obligaciones que pacten para estos efectos, además del cumplimiento de los requisitos que la regulación les impone”, se puede leer en dicho borrador, al cual este medio tuvo acceso.
El modelo de open finance prevé la obligación a más de 2,200 entidades financieras, de distintos sectores, de implementar APIS para el intercambio de información de tres tipos: datos abiertos (información pública de las instituciones); datos agregados, que es la estadística de las mismas y datos transaccionales, que son aquellos que contienen la información y movimientos en las cuentas de los clientes.
Actualmente sólo se conoce la primera fase, referente a los datos agregados. Para la segunda fase, relacionada con el intercambio de información de los usuarios, se prevé que los proveedores de la misma sean entidades financieras, de tecnología financiera, transmisores de dinero, burós de crédito, cámaras de compensación y participantes del esquema de modelos novedosos.
Respecto a solicitantes de datos, podrán ser las entidades financieras, así como terceros especializados en tecnologías de la información, como pueden ser los gigantes tecnológicos.
Esquema para todos
La Ley Fintech prevé sanciones en caso de que las entidades financieras obligadas se nieguen a compartir la información prevista en el modelo de finanzas abiertas y a pesar de que sus clientes o usuarios, hayan dado su consentimiento.
En este contexto, para la autoridad es importante que las 2,200 entidades obligadas a compartir información como bancos, financieras populares, casas de bolsa, cooperativas de ahorro y préstamo, entre otros, participen en este modelo, por lo cual la normativa prevé un esquema de cobro de contraprestaciones como incentivo.
El proveedor de datos que pretenda cobrar por compartir su información se debe ajustar a ciertos rangos de acuerdo al número de solicitudes mensuales que los solicitantes le realicen. Los montos de dichas contraprestaciones deben ser justificados y autorizados por la CNBV.
La CNBV también autorizará a aquellos solicitantes que pretendan obtener la información, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos como, por ejemplo, tener una oficina de representación en México.