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Sector Financiero

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Cofece resuelve sobre el caso de colusión de afores

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) se reunió para decidir si las administradoras de fondos para el retiro (afores) incurrieron en prácticas monopólicas absolutas.

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) se reunió para decidir si las administradoras de fondos para el retiro (afores) incurrieron en prácticas monopólicas absolutas.

En dicha sesión se debió determinar si un grupo de afores realizó acciones ilegales que no fomentaran la competencia como ponerse de acuerdo para fijar un tipo de comisión, repartirse clientes o bien intercambiar información que no favorece a la competencia de mercado.

El Economista publicó en abril del 2016 que las afores Sura, XXI Banorte, Principal y Profuturo GNP habían sido citadas por la Cofece en el marco de esta investigación que inició en julio del 2015.

La Autoridad Investigadora de la Cofece estuvo facultada para requerir informes, documentos y citar a quienes tengan relación con la investigación y realizar visitas de verificación.

En caso de que se encuentren elementos que hagan probable la responsabilidad de los agentes económicos (afores) o de individuos investigados, se iniciará el procedimiento seguido en forma de juicio, en el que se escucharán los argumentos de defensa y la Autoridad Investigadora actuará como parte.

En su momento, Carlos Mena Labarthe, titular de la Autoridad Investigadora de la Cofece, comentó que los promotores agentes de las afores que se hayan visto involucrados en acuerdos ilegales como intercambio de información o robo de cuentas de trabajadores que ahorran para una pensión también podrían ser sancionados o ir a la cárcel.

Tenemos la posibilidad de sancionar a los individuos que han participado directamente en la realización de prácticas monopólicas absolutas por cuenta propia u orden de la empresa, o que también hayan coadyuvado o facilitado la realización de las conductas (...). Sí hay sanciones para individuos previstos en estos casos , dijo en entrevista.

La investigación de la Cofece no tiene que ver con el tamaño de la empresa en el sentido de cuántas cuentas registra, sino con cómo se están comportando y si están llegando a acuerdos o intercambiando información que afecten a la competencia.

De acuerdo con el artículo 103 de la Ley Federal de Competencia Económica, existe un programa de inmunidad para los inculpados. Es decir, si acuden a la autoridad y reconocen lo que están haciendo, se les reduce la sanción entre 50, 30 y 20 por ciento.

elizabeth.albarran@eleconomista.mx

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