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Sector Financiero

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Consar da a conocer acuerdo sobre cobro de comisiones

La comisión reconoce que, dadas las diferencias entre los esquemas de comisiones de Chile, Colombia y Estados Unidos, en México se vuelve necesario establecer una equivalencia.

Foto EE: Hugo Salazar

Foto EE: Hugo Salazar

La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (Consar) reveló el acuerdo por el cual las Administradoras de Fondos para el Retiro (afores) deberán reducir las comisiones que cobrarán conforme a la nueva Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), cabe resaltar que para el 2021 la comisión promedio de las 10 afores es de 0.80% y por tanto las nuevas comisiones entrarán en vigor hasta el 2022.

En este sentido, el órgano regulador, especifica que en la medida en que las comisiones cobradas en Chile, Colombia y Estados Unidos tengan ajustes a la baja, éstas serán aplicables a las comisiones cobradas por las afores mediante el uso del modelo aritmético que proporcionó la Consar en el acuerdo y, en caso contrario se mantendrá el promedio que al momento este vigente en México.

El número que resulte de la metodología se anunciará en octubre de cada año y por tanto las administradoras de fondos presentarán sus comisiones para autorización dentro de los primeros días hábiles del mes de noviembre; para aplicarse, si se aprueban por la Consar, en el año calendario siguiente.

Diferencias entre países

La comisión reconoce que dadas las diferencias entre esquemas de cobro de comisiones en Chile, Colombia y Estados Unidos con México; su Junta de Gobierno ha considerado necesario establecer una equivalencia entre las comisiones sobre flujo, al menos en el caso de los países sudamericanos, que cobran un porcentaje sobre salario y en el caso de México es sobre el saldo ahorrado del trabajador (porcentaje sobre monto ahorrado).

Una de las diferencias notables con Chile y Colombia fue que como porcentaje del salario del trabajador son de un promedio simple de 1.17 y 1.23%, al cierre del 2020, respectivamente. En el caso de México, las comisiones autorizadas por la Junta de Gobierno para el 2021 son de un promedio simple sobre saldos de ahorro del trabajador de 0.80 por ciento.

Agregó que este enfoque se utilizó en el 2008 derivado de la modificación a la Ley del SAR publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio del 2007 para establecer una comisión única sobre saldos.

En el caso de Estados Unidos, la Consar considerará tomar como estándar de costo del sector, “al percentil 50 de la distribución de costos de los 2,500 fondos del mercado, lo que resulta en la comisión relevante para el cálculo del promedio aritmético”.

En el análisis que detalla la comisión, los activos de los fondos generacionales en Estados Unidos fluctúa entre 0.15 y 1.68 por ciento.

“La gestión de los fondos se realiza a través de los fondos mutuos siendo una referencia directa para las afores y la institución pública que realiza funciones similares en México”, puntualiza.

Revisión cada dos años

En este sentido, la Consar aclara en que a partir de la entrada en vigor de este acuerdo, la Junta de Gobierno del órgano regulador deberá revisar cada dos años las políticas y criterios en materia de comisiones y metodología.

Uno de los puntos clave para la ejecución de esta nueva ley fue que la Consar acusó a la afores de direccionar el gasto a lo comercial en busca de más cuentahabientes y es este gasto comercial lo que representa una pérdida económica de los recursos administrados por las afores en “detrimento del trabajador”, por lo cual uno de los objetivos del cambio en la ley es que destinen menos recursos a dicha labor.

valores@eleconomista.mx

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