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Sector Financiero

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Consar rechazó propuesta de comisión de Afore Coppel

Para su decisión tomó en cuenta el volumen de los activos manejados por la afore, ingresos obtenidos, costos del sistema y costos comerciales.

Foto EE: Gilberto Marquina

Foto EE: Gilberto Marquina

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) informó que rechazó la propuesta de comisión que presentó Afore Coppel, esto por considerarla excesiva para los trabajadores.

“El pasado 9 de diciembre, en su Sexta Sesión Ordinaria del 2021, la Junta de Gobierno de la Consar denegó la propuesta de comisión presentada por Afore Coppel de 0.78% por considerarla excesiva para el interés de los trabajadores”, señaló la comisión.

Lo anterior, explicó, se determinó al tomar en cuenta diferentes elementos, como el volumen de los activos manejados por la afore, ingresos obtenidos, costos del sistema y costos comerciales.

De acuerdo con la información de la Consar, al cierre de noviembre pasado, Afore Coppel es la administradora con más trabajadores registrados, con un total de 12.6 millones, seguida por Citibanamex, con 8.8 millones.

“En tal virtud, Afore Coppel estará obligada a cobrar la comisión promedio de las comisiones autorizadas por la Junta de Gobierno a las otras administradoras, hasta en tanto no presente una nueva solicitud y sus comisiones sean autorizadas”, destacó.

De esta manera, Coppel cobrará una comisión de 0.56% a los trabajadores, mientras que PensionISSSTE 0.53% y Azteca, Citibanamex, Inbursa, Invercap, Principal, Profuturo, Sura y XXI Banorte cobrarán 0.57% para el siguiente año.

El rechazo de la comisión de Afore Coppel se dio la misma semana en la que un juez negó la suspensión definitiva a Afore Azteca contra el límite de comisión de 0.57% impuesto en la reforma a la Ley del Sistema del Ahorro para el Retiro del 2020.

Afore Azteca buscaba cobrar una comisión de 0.83% el siguiente año; con el fallo del juez, la administradora deberá cobrar el tope máximo, de 0.57 por ciento.

Afore Azteca aún tiene la posibilidad de promover un recurso de revisión para tratar de revocar la resolución del juzgado especializado. Una vez que la afore entregue el recurso, el juez tiene hasta 90 días para desahogar lo presentado por la administradora.

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