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Sector Financiero

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El SAT cerrará sus puertas con motivo de Semana Santa

El SAT no atenderá presencialmente a los contribuyentes el jueves y viernes santo, así como en sábado de gloria y menos en el domingo de resurrección, de acuerdo con información del calendario de atención presencial en los módulos y oficinas del SAT para la declaración anual 2022.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) buscará la meta de recaudación planteada en el Paquete Económico 2024 sin una Miscelánea Fiscal, así como respetando la promesa del presidente Andrés Manuel López Obrador de no crear ni subir los impuestos. Foto EE: Archivo Hugo Salazar

Santiago Rentería Nolasco

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no atenderá presencialmente a los contribuyentes el jueves y viernes santo, así como en sábado de gloria y menos en el domingo de resurrección, de acuerdo con información del calendario de atención presencial en los módulos y oficinas del SAT para la declaración anual 2022.

Dicho lo anterior, el órgano recaudador regresará a labores el lunes 10 de abril con un horario de atención de 9:00 a 16:00 horas.

El horario del Servicio de Administración Tributaria permanecerá sin cambios hasta el jueves 13 de abril. En este sentido, el viernes 14 cambiará el horario de atención de 8:30 a 15:00 horas.

No obstante, el horario de atención del SAT volverá a cambiar del lunes 17 y hasta el viernes 28 abril. En las dos semanas referidas brindará un horario especial de 8:30 a 17:00 horas.

Ante cualquier duda se encuentra OrientaSAT, un chatbot que funciona a través de inteligencia artificial que funge como un asistente virtual, este servicio está disponible las 24 horas y los 365 días del año. 

Cabe recordar que esta semana inició la presentación de la declaración anual 2022 de personas físicas y que terminará el 2 de mayo dado que el 30 de abril es día inhábil y el 1 de mayo es feriado.

Para presentar la declaración anual, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recuerda tener a la mano el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseña o firma electrónica (e.firma) vigente, para poder ingresar a los aplicativos, es decir al sistema, del Servicio de Administración Tributaria.

Las personas físicas que deben de presentar la declaración son contribuyentes asalariados con ingresos anuales superiores a los 400,000 pesos; las personas físicas con actividad empresarial; quienes hayan obtenido ingresos por intereses, dividendos, arrendamiento, por honorarios; y aquellos que tengan dos patrones o que ganaron un premio.

Dicho lo anterior, si obtuviste ingresos por préstamos, premios o donativos, que en lo individual o en su conjunto, excedieron los 600,000 pesos debes informar en la declaración anual, si no lo haces el SAT presumirá que son ingresos y deberás pagar el impuesto por las contribuciones omitidas.

Principales dudas

La Prodecon remarca que las principales dudas al realizar el llenado de su declaración anual son la declaración de préstamos, donativos y premios; la deducción de paquetes funerarios o pagos en efectivo por concepto de honorarios médicos.

En este sentido, si se le dificulta realizar la declaración anual, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente cuenta con  la campaña de asesoramiento “Declara Fácil y a Tiempo. Declaración Anual –Personas físicas 2022”.

La Prodecon proporcionará a los contribuyentes personas físicas toda la información necesaria para que sea más sencillo cumplir sin contratiempos esta obligación tributaria. La meta del ombudsman fiscal es atender a 70,000 personas durante la campaña de este año.

La información se brindará de manera presencial en las oficinas de la Procuraduría. Sumado a las asesorías que se impartirán vía webinarios, videos, tutoriales, podcast, talleres prácticos y con la “Guía para presentar la Declaración Anual”.

santiago.renteria@eleconomista.mx

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