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Empresas tienen hasta el 31 de enero para cambiarse al RESICO, advierte el SAT
El SAT advirtió este lunes que las empresas con ingresos de hasta 35 millones de pesos al año tendrán hasta el próximo 31 de enero para avisar que tributarán bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), pues no podrán cambiarse durante el ejercicio fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió este lunes que las empresas con ingresos de hasta 35 millones de pesos al año tendrán hasta el próximo 31 de enero para avisar que tributarán bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), pues no podrán cambiarse durante el ejercicio fiscal.
El RESICO ofrece múltiples beneficios a los contribuyentes, tales como el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ingresos efectivamente cobrados, deducción de inversiones, prellenado de declaraciones de ISR, además de no presentar declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) ni contabilidad electrónica.
El SAT explicó que para cambiarse al régimen simplificado, las empresas deberán de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a través del portal del SAT.
Los pasos a seguir para presentar el aviso son:
- Ingresar al portal del SAT (https://www.sat.gob.mx/home).
- Seleccionar la modalidad de “Empresa”, luego el apartado de “Trámites RFC”, expandir el menú de “Actualización de RFC”, dar clic en la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa”, dar clic en “Iniciar” e ingresar con el RFC y contraseña o e.fima.
- Llenar los datos solicitados en el formulario y confirmar la información
- Y finalmente, imprimir o guardar el “Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal”.
Igualmente se puede hacer a través de la presentación de un caso de “Servicio o solicitudes” desde “Mi portal” a través del portal del SAT. Hay que elegir el trámite “AVISO_RSC_PM” y adjuntar los requisitos establecidos en el artículo Transitorio Vigésimo de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, dijo la autoridad tributaria.
El RESICO está dirigido a personas morales con residencia en México constituidas por personas físicas cuyos ingresos anuales no excedan (o que no estiman que excederán) los 35 millones de pesos al año.