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Fintech deben de hacer sólo las actividades que les están permitidas: Condusef
Esta autoridad se encuentra en una etapa de supervisión sobre dichas figuras reguladas en la normativa financiera.

Foto EE: Archivo
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) hizo un llamado a las instituciones de tecnología financiera (fintech) autorizadas, para que dichas entidades se apeguen a las actividades que sólo tienen permitidas dentro del marco de la ley.
La autoridad, presidida por Óscar Rosado, informó que las figuras que contempla la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, que son las instituciones de Fondo de Pago Electrónico (IFPE) y de Financiamiento Colectivo (IFC), sólo pueden hacer lo que la ley contempla y no deben anunciarse como bancos, ni garantizar rendimientos, entre otras cuestiones.
“Si encuentras poco clara o confusa la información proporcionada por las fintech en su plataforma, publicidad o página de internet, contáctanos, la Condusef está para apoyarte verificando la claridad y veracidad de la información que estas entidades financieras te deben ofrecer”, detalló la autoridad financiera.
De acuerdo con el organismo, cada figura tiene delineadas las actividades que tienen permitido realizar. Por ejemplo:
- Las IFPE, conocidas como wallets o monederos electrónicos: Sólo pueden realizar la actividad de abrir cuentas para hacer transferencias o pagos. También se puede disponer del dinero que el usuario les entrega, ya sea en efectivo, mediante cajeros o solicitando la devolución.
“No tienen permitido ofrecer créditos. No son bancos, por lo que no pueden aperturar cuentas de ahorro o inversión. Tampoco pueden usar en su publicidad palabras que impliquen ofrecer otros servicios distintos a los autorizados. En caso de mencionar en sus plataformas servicios que prestan terceros, DEBEN informar claramente quién los ofrece para no generar confusión, destacó el organismo.
- Las instituciones de financiamiento colectivo o crowdfunding: Tienen la finalidad de poner en contacto a dos partes por medio de una plataforma, una que solicita fondos y la otra que quiere prestar dinero o invertir en proyectos específicos.
“Este tipo de fintechs o entidades financieras tampoco son bancos. Solo pueden hacer lo que les permite la Ley Fintech, no pueden garantizar rendimientos, ofrecer directamente créditos o captar recursos para ofrecer ahorros o rendimientos”, resaltó la Condusef.
El organismo apuntó que cualquier otra empresa que no cumpla con o descrito anteriormente, aun cuando se hagan llamar fintech, no son supervisadas por la Condusef por no ser entidades financieros.
“Ten presente que el Gobierno Federal no garantiza las operaciones que realices con las fintech autorizadas”, acotó.
Este llamado de la Condusef llegó luego de una supervisión a fondo en la publicidad de las 36 fintech autorizadas hasta el momento, donde encontró detalles como, por ejemplo, que existen algunas IFPE que dentro de su modelo de negocio ofrecen créditos, lo cual está prohibido por la normativa.

