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Sector Financiero

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Iniciativa de cobranza delegada en créditos de nómina debe revisarse: ABM

El cambio podría afectar a miles de trabajadores que pidieron un préstamo sobre su nómina; la titular de la STPS sostiene que no se pude embargar el salario.

La Asociación de Bancos de México (ABM) consideró que la Iniciativa sobre la cobranza delegada de los créditos de nómina que se aprobó el jueves pasado en la Cámara de Diputados, debe revisarse.

La Cámara baja modificó diversas leyes para incluir el concepto de “crédito de nómina con cobranza delegada”. Con ello, las empresas, antes de depositar el salario, podrían descontarle a sus trabajadores y trabajadoras los pagos pendientes por créditos de nómina que tengan con las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes).

Al respecto, la ABM subrayó que los cambios deben revisarse con el propósito de que se prevean mecanismos que permitan a los trabajadores decidir con qué institución financiera contratan un crédito de nómina.

También, que se promueva la competencia, de forma que se ofrezcan más créditos y en mejores condiciones; se cuide el no sobreendeudamiento de los trabajadores; y se establezca un piso parejo en la regulación para todo tipo de entidades financieras que otorgan este tipo de créditos, particularmente las Sofomes ENR, conocidas como “nomineras”.

De igual forma, para que se garantice la transparencia y claridad de las condiciones del crédito, y no se fijen controles de precios que distorsionen el mercado.

“La ABM y sus asociados, respetuosos del proceso legislativo, tienen un constante diálogo y acercamiento con los integrantes de las Cámaras de Diputados y de Senadores, a quienes en esta ocasión les reiteramos que cuentan con nosotros, con el fin de aportar información y elementos que abonen al trabajo que los legisladores hacen en beneficio de nuestra sociedad, en temas de relevancia como son los relacionados con el crédito de nómina y en general del financiamiento”, resaltó el organismo en un comunicado.

Condusef se pronuncia

Por su parte, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), mencionó que, no menos importante, es que el Costo Anual Total (CAT) promedio que ofrecen las “nomineras”, excede las tasas de interés que por créditos de nómina o créditos personales ofrecen otros agentes del sistema financiero mexicano, por ejemplo, los bancos.

“Es importante resaltar que las ‘nomineras’ han otorgado créditos a trabajadores cuyo riesgo crediticio es bajo, ya que la fuente de pago está garantizada a través del propio salario del trabajador, por lo que no se justifican las altas tasas de interés”, señaló.

La Condusef agregó que la iniciativa prevé obligaciones excesivas para los patrones, entre los que se encuentran los gobiernos federal, estatales y municipales, para dar aviso en 24 horas respecto de la disposición de los recursos del crédito a los acreditados (trabajadores) y acreditantes (instituciones financieras), convirtiéndose en depositarios y obligados solidarios con todos los efectos legales correspondientes, además de la responsabilidad de registrar contratos.

Salarios no se pueden embargar

Por su parte, Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, sostuvo que La Ley Federal del Trabajo es clara: “No pueden ser embargados los salarios de los trabajadores. La postura del Presidente es firme respecto a la iniciativa que atenta contra el principal sustento de la familia. Estamos aquí por los trabajadores y para defender sus derechos”.

La iniciativa surgió en el Senado y, al llegar a San Lázaro, la Comisión de Hacienda le hizo más de 100 modificaciones. Por lo que el documento aprobado volvió a la Cámara Alta para que nuevamente sea analizada y votada.

valores@eleconomista.mx

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