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Sector Financiero

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Límites para crowdfunding se ampliarían con excepciones: CNBV

Uno de los temas más controvertidos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, es el de los límites que aplicarán para las entidades de fondeo colectivo o crowdfunding y aunque éstos podrían tener excepciones.

Uno de los temas más controvertidos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, es el de los límites que aplicarán para las entidades de fondeo colectivo o crowdfunding y aunque éstos podrían tener excepciones, con el fin de ampliarse, esto no sería para todas las plataformas que operen con esta normativa.

De acuerdo con la Ley Fintech, las instituciones de fondeo colectivo podrán fondear proyectos para personas físicas de hasta 50,000 Udis, alrededor de 313,000 pesos, y para pequeñas y medianas empresas hasta 1 millón 670,000 Udis, poco más de 10 millones de pesos.

En este sentido, el marco normativo prevé excepciones, especialmente para las plataformas de fondeo colectivo inmobiliario, las cuales podrían ampliar dichos límites con proyectos de hasta 6 millones 700,000 Udis, cerca de 40 millones de pesos.

Rocío Robles, encargada de supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), enfatizó que, para que dichos límites se amplíen, la plataforma interesada deberá demostrar una calidad en el estudio de sus solicitantes de financiamiento para que la autoridad pueda autorizar la ampliación.

Más fondeo, según el proyecto

“Se prevé un mecanismo donde se puede aumentar el límite, si es que se pide autorización de la CNBV y se demuestra que los mecanismos de debida diligencia del cliente son muy buenos como para evitar mayores riesgos a los inversionistas. En ese caso, se puede solicitar (por proyecto) hasta 6 millones 700,000 Udis, es decir, 40 millones de pesos”, comentó la funcionaria.

En este sentido, algunas plataformas de fondeo colectivo han comentado que dichos límites podrían quedarse cortos respecto a los proyectos que podrían financiar, aún con sus excepciones, especialmente para proyectos inmobiliarios.

“Nos preocupa el tema de límites a solicitantes, que en este caso son los desarrolladores (...) hoy no estamos muy lejos (del límite), pues nuestro ticket más alto es superior a 20 millones de pesos. El día que vengan proyectos más grandes no queremos estar limitados”, comentó Alberto Padilla Luengas, director general de la plataforma para desarrollo inmobiliario Briq.

De acuerdo con la ley, el crowdfunding para el desarrollo inmobiliario se define como la operación de financiamiento colectivo que tiene por objeto que los inversionistas otorguen un préstamo o crédito a los solicitantes (desarrolladores) destinado al financiamiento de la actividad inmobiliaria.

Cuatro solicitudes

De acuerdo con fuentes cercanas al proceso de autorización de plataformas que buscan operar bajo la Ley Fintech, ya son cuatro las solicitudes que se han presentado en la CNBV.

La Ley Fintech reconoce dos figuras, las instituciones de fondeo colectivo y las de fondos de pago electrónico. Asimismo, prevé un espacio para aquellas que deseen probar con algún modelo no contemplado en la ley, que en la normativa se conoce como modelo novedoso y que en otros países se conoce como sandbox regulatorio.

Las fuentes confirmaron que de estas cuatro solicitudes ya presentadas ante la autoridad, una es de una plataforma de crowdfunding, dos de fondos de pago electrónico y una es para un modelo novedoso.

Sin mencionar nombres de las plataformas interesadas, las fuentes confirmaron que posiblemente otra plataforma de fondos de pago electrónico de tamaño considerable podría ingresar su solicitud de operación en los próximos días.

Una de las plataformas que ha hecho público su pedimento de autorización para operar como institución de fondeo colectivo es M2Crowd.

Según la ley, la autoridad, una vez que reciba la solicitud de autorización, tiene un plazo de 180 días para definir si da el aval para operar bajo dicha normativa.

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