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Sector Financiero

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Open banking mexicano, con poca forma hasta el momento

A pesar de lo prometedor que puede ser el esquema de banca abierta (open banking) en México para el tema de servicios financieros, hasta el momento las autoridades no han emitido las disposiciones correspondientes para aterrizar completamente este modelo.

A pesar de lo prometedor que puede ser el esquema de banca abierta (open banking) en México para el tema de servicios financieros, hasta el momento las autoridades no han emitido las disposiciones correspondientes para aterrizar completamente este modelo, que podría ser el único en el mundo por su alcance y que estaría por encima de esquemas similares aplicados en Reino Unido, Singapur o Australia.

El modelo de banca abierta está contemplado en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como Ley Fintech, y consiste en la obligatoriedad a cerca de 2,400 entidades del sistema financiero, de distintas figuras, a establecer interfaces de programación de aplicaciones (APIS, por su sigla en inglés) para el intercambio de información entre ellas y así puedan sacar provecho de ello, por ejemplo, con productos más personalizados para sus clientes.

La normativa establece los tres tipos de datos que las entidades podrán intercambiar por medio de las APIS: los financieros abiertos, tales como información de productos y servicios; los datos agregados, es decir, la información estadística operativa de una institución; así como los datos transaccionales, es decir aquellos relacionados con el comportamiento financiero de una persona, misma que deberá de dar su autorización para el intercambio.

De acuerdo con la ley promulgada en el 2018, las autoridades, especialmente la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), tenían un plazo de 24 meses,  que venció en marzo pasado, para emitir las reglas de este modelo, por ejemplo, los mecanismos de autentificación de acceso a datos; los estándares para el intercambio de información y la forma y términos para requerir los datos a los involucrados.

Sin embargo, en febrero pasado, autoridades de la CNBV indicaron que posiblemente se tendría toda la reglamentación hasta el primer trimestre del 2021.

Hasta el momento, el Banco de México ha emitido las primeras reglas referentes a este esquema, dirigidas solamente a sociedades de información crediticia y cámaras de compensación.

“Realmente lo que falta es la información no sólo de cajeros, sino de tipos de productos y los datos transaccionales, para que, con el consentimiento de las personas, se puedan compartir movimientos, saldos, productos contratados, para poder hacer soluciones más personalizadas”, detalló Jonathan Garzón Galván, gerente de negocio de la plataforma Cecoban.

De acuerdo con el directivo de la plataforma que otorga soluciones de open banking a entidades financieras, es posible que la autoridad emita la mayor parte de disposiciones respecto a este esquema en este año; sin embargo, precisó que posiblemente sería hasta finales del 2021 cuando se comiencen a ver los beneficios de dicho modelo.

“La CNBV está trabajando en ello, se planea que, durante este año, veamos la publicación de las reglas de los datos transaccionales y que sean obligatorios para el próximo año. Yo creo veremos los beneficios claros del modelo a finales del 2021, cuando existan soluciones adaptables y modulables para las personas”, comentó Garzón Galván.

Beneficios del open banking:

•Personalización de servicios.

•Apertura del ecosistema financiero.

• Alianzas entre entidades financieras y canales minoristas.

• Facilita conexión entre entidades participantes.

• Creación de una identificación digital única de cada persona.

Fuente: CECOBAN.

fernando.gutierrez@eleconomista.mx

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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