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Reforma a la Ley Antilavado, por más vigilancia a funcionarios expuestos a corrupción
En la iniciativa destacan la clasificación como actividades vulnerables los movimientos financieros de los equipos del futbol y tener más vigilancia sobre donativos.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha dado luz verde para que inicie el camino legislativo para la gran reforma a la Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Operaciones de Procedencia Ilícita, también conocida a la Ley Antilavado, la cual daría más facultades a las autoridades para revisar los movimientos en actividades vulnerables que realicen funcionarios públicos expuestos a temas de corrupción.
Esta semana, las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado (segunda), presentaron la iniciativa de reforma a la Ley Antilavado, la cual ya está en proyecto de dictamen y contempla los aspectos más sobresalientes de diversas iniciativas realizadas durante esta administración por distintos legisladores, como Minerva Hernández Ramos, Ricardo Monreal, Alejandro Armenta Mier, Pedro Haces Barba y Daniel Gutiérrez Castorena.
En esta iniciativa destacan temas como la de clasificar como actividades vulnerables los movimientos financieros de los equipos del futbol mexicano, tener más vigilancia sobre donativos a iglesias, sindicatos o partidos políticos, además de sanciones penales a empresas que faciliten el financiamiento al terrorismo.
Todo esto, en línea con las observaciones realizadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional a México en su última evaluación mutua al país.
“Estas comisiones unidas consideran pertinente abordar de manera conjunta las diversas iniciativas de ley que han sido presentadas por las y los senadores (...) las cuales entrañan una estrecha vinculación entre sí”, se lee en el documento en poder de este medio.
Uno de los temas que destaca la iniciativa es el de mayor vigilancia a las Personas Políticamente Expuestas (PEP), que se define como aquella que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en el extranjero o en territorio nacional, así como los sujetos relacionados con ellas.
En este sentido, la iniciativa propone que los sujetos obligados en esta ley, que realizan alguna de las actividades vulnerables, como la comercialización de automóviles, joyería, obras de arte, entre otros, estén obligados a identificar y dar seguimiento a las operaciones que lleven a cabo con PEP.
Asimismo, propone que diversos órganos gubernamentales permitan a la Secretaría de Hacienda, por medio de la UIF, el acceso a la información que tengan sobre las PEP, con el fin de cumplir con los estándares internacionales respecto al control que se debe de ejercer contra estos sujetos.
Beneficiario final
Otro de los aspectos relevantes de la iniciativa se refiere a la identificación del beneficiario final de una operación. En este sentido, se propone adherir un capítulo a la ley para que todas las personas morales mercantiles, independientemente si realizan o no una actividad vulnerable, estén obligadas a identificar y registrar a la persona o personas que tengan el control sobre ellas.
Asimismo, prevé que todas las personas morales registren cualquier cambio en su tenencia accionaria y registren dicho movimiento en el registro público operado por la Secretaría de Economía, con el fin de identificar al beneficiario final.
“Tratándose de personas morales, el beneficiario final será aquella que, entre otros supuestos, mantenga la titularidad de 25% del capital social y no de 50% como prevé la ley vigente”, destaca la iniciativa.
Temas que aborda la iniciativa:
• Financiamiento al terrorismo.
• Personas políticamente expuestas.
• Enfoque basado en riesgo.
• Operaciones sospechosas.
• Programas de capacitación.
• Sistemas automatizados.
• Auditoría interna o auditor externo.
• Organizaciones sin fines de lucro.
• Actividad vulnerable mediante fideicomisos.