Buscar
Sector Financiero

Lectura 3:00 min

La UIF adecúa normas para las fintech; cambia formatos de reportes

Las plataformas que sean autorizadas por la CNBV deben de cumplir con mecanismos de prevención de blanqueo de capitales.

Foto: Shutterstock

Foto: Shutterstock

Con el fin de que las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF), o fintech, puedan cumplir con sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), por medio de la Secretaría de Hacienda, anunció adecuaciones a los formatos oficiales de la información que tiene que recibir por parte de estas organizaciones.

Ayer 22 de abril, se emitió en el Diario Oficial de la Federación la resolución por la que se reforman los formatos oficiales para que las fintech informen a la UIF la designación de su oficial de cumplimiento, la integración de su comité de integración y control, así como reportar las operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes.

“Es necesario realizar los ajustes pertinentes al formato oficial... Con el objetivo de que las ITF estén en posibilidad de cumplir sus obligaciones en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo”, se puede leer en el documento.

Uno de los capítulos más robustos que se encuentra en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, promulgada en marzo del 2018, es de la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, el cual exige obligaciones para las plataformas a la par de otras instituciones del sistema financiero, como los bancos.

Al igual que los bancos, las plataformas que sean autorizadas para operar al amparo de la ley, tienen que reportar a la UIF, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), operaciones de sus clientes en caso de que representen algún comportamiento inusual o superen ciertos umbrales.

“Las entidades financieras tienen, entre otras obligaciones, la de remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la CNBV, los reportes sobre operaciones que sean consideradas como relevantes, internas preocupantes e inusuales, a través de los medios que la Secretaría señale”, menciona el Diario Oficial.

En este contexto, la autoridad decidió modificar los formatos por los cuales las entidades que operen al amparo de la Ley Fintech reportan la información a la UIF. El cambio se dio en la longitud donde se presenta la clave del sujeto obligado que tienen que llevar los informes.

Combatir flujos ilícitos

Por otra parte, la UIF informó sobre su participación en el evento “Agenda de Transparencia y tributación en América Latina”, donde demostró algunos avances que se han tenido para combatir los flujos financieros ilícitos en el país y así mover más recursos para inversiones claves en el desarrollo sostenible.

En el evento se destacó el compromiso del país con los estándares internacionales, así como en la transparencia en la divulgación de beneficiarios finales y por la cual, se trabaja un proyecto de la mano con organizaciones de la sociedad civil  que tiene como objetivo cumplir con esta recomendación.

“México refrenda su compromiso y convicción para dar cumplimiento a los más altos estándares internacionales, así como a los compromisos adquiridos a nivel global con la finalidad de fortalecer y robustecer su sistema de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, así como el combate a sus deleznables delitos precedentes”, mencionó la UIF en una nota informativa.

Tipos de operaciones que las fintech reportarán a la UIF

  • Relevantes.
  • Inusuales.
  • Internas preocupantes.

Fuente: Ley Fintech.

fernando.gutierrez@eleconomista.mx

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete