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Sector Financiero

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UIF afina lineamientos de prevención de lavado para fintech

Tendrán que informar la designación del oficial de cumplimiento; reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes. 

Foto: Shutterstock

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda publicó los formatos oficiales por los cuales las instituciones de tecnología financiera (ITF), también conocidas como fintech, tendrán que reportar información a esta instancia en línea con las disposiciones de prevención de lavado de dinero establecidas para estas entidades.

Ayer, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la UIF publicó los formatos oficiales para que las fintech le informen, vía la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la designación de su oficial de cumplimiento, la integración de su Comité de Comunicación y Control, así como los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes.

“Las entidades financieras (en este caso las fintech) tendrán, entre otras obligaciones, que presentar los reportes sobre actos, operaciones y servicios que realicen con sus clientes y lleven a cabo miembros del consejo administrativo, apoderados, directivos y empleados de la propia entidad, en los términos establecidos en las leyes y disposiciones de carácter general que las regulan”, se puede leer en la disposición publicada en el DOF.

En marzo del 2018 se publicó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, donde se prevén obligaciones para estas entidades en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

“De conformidad con el artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, las ITF están obligadas a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por lo menos los reportes sobre operaciones que sean consideradas como relevantes, internas preocupantes e inusuales”, se indica en la resolución publicada en el DOF.

Según el documento, lo requerido en dicha resolución tendrá que ser proporcionado a la autoridad vía el Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI) que opera la CNBV.

“Este sistema está habilitado para la recepción de dicha información, con lo cual se aprovecharían las capacidades tecnológicas ya existentes para dar mayor rapidez al proceso de recepción de la información, sin que ello genere costos o nuevas cargas regulatorias para las ITF”, se explica en el documento.

Reporte de operaciones

Dentro de la información obligada que tendrán que reportar las fintech a la UIF se encuentran las operaciones relevantes, inusuales o internas preocupantes, con el fin de que dicha instancia las analice y pueda realizar los actos correspondientes en caso de haber indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo en ellas.

Según la Ley Fintech, las operaciones relevantes son aquellas de un monto igual o superior al equivalente a 5,000 dólares, mientras que las inusuales se refieren a aquellas que no concuerden con los antecedentes o actividad conocida de una persona.

Respecto a las operaciones internas preocupantes, según la ley, son aquellas realizadas por miembros del consejo de administración, accionistas, socios, propietarios, directivos, funcionarios, apoderados o empleados, que pudieran contravenir, vulnerar o evadir la aplicación de la ley con fines de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Información que se deberá de enviar sobre los integrantes del Comité de Comunicación:

• Área designada para formar parte del mismo.

• Cargo que ejerce la persona dentro del comité.

• Indicación si es titular o suplente.

• Nombre completo.

• Registro Federal de Contribuyentes.

• Clave Única de Registro de Población.

• Cargo que ejerce dentro de la entidad.

• Indicar si es oficial de cumplimiento.

Fuente: DOF

fernando.gutierrez@eleconomista.mx

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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