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Ley SOPA del PRI va contra administradores de sitios: Amprofon
La iniciativa sólo contempla sanciones contra quienes pongan a disposición contenidos protegidos por derechos de autor, aseguró Gilda González Carmona, directora general de la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas.
La iniciativa de ley del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en el poder, que busca detener la distribución de contenidos en línea que infrinjan derechos de autor y propiedad intelectual, no pretende castigar a los usuarios de Internet que descarguen el contenido sino a los administradores de los sitios que lo alojen y distribuyan, aseguró Gilda González Carmona, directora general de la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas (Amprofon).
En la ley, como está en la iniciativa (del PRI), en ningún momento dice que la descarga (del contenido protegido) la esté sancionando. Está diciendo que aquél que (la) pone a disposición y nada más si está administrando un sitio. Deja fuera redes sociales, correos electrónicos, blogueros , afirmó González Carmona en entrevista telefónica.
Esta propuesta, presentada el 3 de diciembre por el coordinador del PRI, Manlio Fabio Beltrones, y rubricada por los diputados Aurora Denisse Ugalde Alegría y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, ha sido calificada como una versión mexicana de la Stop Online Piracy Act (SOPA) de Estados Unidos, pues contempla el castigo a infractores con el bloqueo al acceso a Internet, multas y cárcel.
En el documento presentado por el PRI se plantean sanciones administrativas por parte del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI) de 30 hasta 20,000 días de salario mínimo (1,893 a 1.26 millones de pesos) a los infractores, así como acciones penales que van de seis meses a seis años y 3,000 días de salario mínimo (189,360 pesos) a los administradores de un sitio que distribuya contenido presuntamente objeto de infracción.
Si no eres el administrador del sitio que está poniendo a disposición del sitio, no veo por qué tú como usuario podrías ser sancionado. Penalmente tiene que estar tal cual está la redacción (de la iniciativa). Yo lo veo en el contexto de qué conducta estás haciendo. Si el dueño de un sitio pone a disposición enlaces a esos archivos, entonces voy contra esa persona. No (contra) aquél que hace el link, o aquél que entró al sitio , argumentó González Carmona, también presidenta ejecutiva de la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura (CALC).
Este argumento crea escepticismo en la comunidad de internautas. En una carta publicada por la Fundación Wikimedia, que encabeza proyectos de acceso libre al conocimiento y colaboración como Wikipedia, advirtió que la iniciativa del PRI presenta ambigüedades que representarían un riesgo legal innecesario a cientos de personas que participamos en proyectos de cultura libre y de interés colectivo .
Wikimedia cita la propuesta de adicionar una fracción IV al Artículo 424 del Código Penal Federal para imponer de seis meses a seis años de cárcel al administrador de un sitio en internet que ponga a disposición del público en general, enlaces o archivos electrónicos que permitan la reproducción, distribución o la comunicación pública de obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor, sin contar con la debida autorización del titular de los derechos .
El argumento que expone en la misiva el presidente de Wikimedia México, Iván Martínez, es que la naturaleza de proyectos como Wikipedia se basa en la inserción de enlaces de archivos protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, basados en el conocido derecho de cita y con la prohibición de incluir contenidos plagiados.
Dada la naturaleza colectiva de Wikipedia, existe potencial de uso de enlaces que pongan contenido a disposición de los usuarios sin que esto sea necesariamente un delito o menoscabe los derechos de autor.
La propuesta de ley tal cual está expuesta simplemente imposibilitará la existencia de proyectos como el nuestro en territorio mexicano, ya que el movimiento Wikimedia y la Fundación Wikimedia no cuentan con los recursos humanos, financieros o tecnológicos que puedan monitorear dichos enlaces. Amén de que en otros países como los que ustedes (los legisladores Ugalde y Gutiérrez de la Garza) citan en la propuesta de ley han considerado que el hecho de enlazar no es en sí mismo un delito .
En estos casos, González Carmona argumenta que en la iniciativa existe el mecanismo de enviar un aviso preventivo a quien presuntamente cometa una infracción. Pero el texto de la iniciativa agrega que este aviso es independiente y no es un requisito previo para la sustanciación del procedimiento administrativo .
La Amprofon y otras representaciones de la industria editorial, cinematográfica y del entretenimiento han sido promotoras de este tipo de regulaciones en Internet que sancionan la distribución de producciones protegidas con derechos de autor.
julio.sanchez@eleconomista.mx
HBR