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Descalabros en la impartición de justicia, observan
En rubros como detención, investigación, consignación y procesos, luego de los cambios constitucionales, los problemas están saliendo a la luz .
La ilusión de la reforma constitucional de seguridad y justicia, calificada en su momento como la más importante de los últimos 100 años , por parte de legisladores y el Procurador, así como por el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), ha caído en el desencanto ante varios descalabros de quienes procuran e imparten justicia, y en consecuencia ha quedado sólo en un discurso político , según especialistas, líderes civiles y magistrados.
Tan sólo en el renglón de detención, investigación, consignación y procesos -tras la modificación de los artículos del 16 al 22 de la Constitución-, los problemas están saliendo a la luz, a los que se suman los del proceso penal acusatorio y oral , la inexistencia de un código modelo, un sistema penitenciario que sigue siendo la universidad del crimen , y la Ley de Extinción del Dominio.
Iván del Llano Granados, catedrático e investigador del Inacipe; Alejandro Martí, presidente del Sistema de Observación por la Seguridad Ciudadana (SOS), y Édgar Elías Azar, a nombre de magistrados y jueces del Distrito Federal, han hecho sus apreciaciones, nada halagadoras, sobre esos puntos básicos de la reforma.
En la guía de consulta denominada ¿En qué consiste la reforma? Texto constitucional comparado, antes y después de la reforma , que sigue siendo suministrado en foros para argumentar sus bondades, por la Procuraduría General de la República (PGR), el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se comenta:
En este Artículo (20 constitucional) se encuentra el corazón garantista de la reforma. Antes sólo importaba si el acusado se quedaba preso después del auto de formal prisión o si podría salir pagando una fianza .
Modalidad oral
Ahora se fija con precisión la modalidad oral y los principios del proceso penal y se define con claridad, ampliándose los derechos tanto del inculpado como de la víctima y el ofendido. Se especifican las excepciones en caso de delincuencia organizada, sin perjuicio de derechos como la presunción de inocencia, conocer los datos de la investigación.
Y estar siempre en la presentación y desahogo de pruebas. El derecho, en primer lugar, a que el proceso tenga como objetivo establecer la verdad de los hechos protegiendo al inocente y procurando que el verdadero culpable no quede impune, y se repare el daño a la víctima .
Esto -según Del Llano- fue lo que pensaron los integrantes de la LX Legislatura, promotores como los exprocuradores Daniel Cabeza de Vaca, Eduardo Medina Mora, el extinto José Luis Santiago Vasconcelos y el Ejecutivo federal, entre otros.
El investigador del Inacipe dijo a El Economista que no es tal la bonanza, porque han salido las imperfecciones y las resistencias en impartidores de justicia, a quienes la reforma les otorgó prácticamente todo el poder de decisión en un juicio, con la figura del juez de control .
Pero de que se tienen que aplicar: sí, e ir corrigiendo en el camino porque hay muchos escollos ( ) que juzgadores de antes no ven con buenos ojos y se resisten, por lo que se requieren impartidores jóvenes, como se hizo en Chile, Colombia y Guatemala, para el cambio inquisitorio oral .
Del Llano Granados, en los últimos meses, ha palpado la serie de errores que han ocurrido entre impartidores locales y federales.
Atajó: Los juicios orales nunca serán públicos sobre delincuencia organizada y narcotráfico, para proteger testigos, victimarios, víctimas y otros involucrados; es obligación del Ministerio Público y jueces de Control, y la regla de excepción es para delincuencia organizada, violación, narcotráfico y abuso de infantes .
Sin embargo, para el resto de delitos aún no tipificados en un Código Modelo Penal -el cual tampoco se ha creado- se podría concretar siempre y cuando las 31 entidades y el Distrito Federal modifiquen los códigos de Procedimientos y Penal.
Reveló que actualmente en algunos estados los juicios orales han incurrido en improvisación e impunidad .
rtorres@eleconomista.com.mx