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Arte e Ideas

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Senado aprueba mayor protección laboral en el arte y la cultura

El Pleno de la Cámara Alta aprobó una serie de modificaciones y adiciones a la Ley Federal del Trabajo para ampliar la concepción del universo de las personas trabajadores del sector creativo que deberá ser protegido por dicha ley.

Foto: Archivo

Este martes, por unanimidad, el Pleno del Senado de la República aprobó un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales de las personas trabajadoras del arte, de la actuación y de la música.

En particular, las reformas y adiciones mencionadas se realizan específicamente sobre el Capítulo XI de dicha ley, cuya versión que antecede esta reforma, la aún vigente, lleva por nombre “Trabajadores, actores y músicos”.

Uno de los objetivos importantes de los cambios aprobados en la Ley Federal del Trabajo para el Capítulo XI yace precisamente en abrir el espectro de asimilación, y por esto la protección de las garantías laborales, de las personas trabajadoras del quehacer creativo, y no solamente de actores y músicos. Por lo cual, se prevé el cambio de denominación del capítulo al siguiente: “Personas trabajadoras del arte en general, actores y músicos”.

Por esta razón, se aprobó la adición de un párrafo al artículo 304 para detallar los perfiles de las personas a proteger por esta ley, consideradas dentro del universo del trabajo en torno al arte y la cultura. Dicho párrafo establece lo siguiente:

“Se entenderá por personas trabajadoras del arte en general a las personas que para su trabajo ejerciten habilidades artísticas, estéticas, creativas e interpretativas, incluyendo a los actores de teatro, radio, cine, televisión y doblaje; artistas circenses; animadores de marionetas y títeres; coreógrafos e intérpretes de danza; cantantes, instrumentistas, directores, ejecutantes musicales y sonidistas; escenógrafos, autores, dramaturgos, libretistas, guionistas, compositores, pintores, escultores, cineastas, fotógrafos y, en general, a las personas que, teniendo estas calidades, trabajen en circo, radio, teatro, televisión, salas de grabaciones o doblaje, centros nocturnos o de variedades o en cualquier otro lugar donde se presente, proyecte, exhiba, transmita, fotografíe o digitalice la imagen del artista o del músico o donde se transmita, quede grabada la voz o la música, mediante procedimientos electrónicos, virtuales o de otra naturaleza, o cualquiera que sea el fin a obtener, sea éste cultural, comercial, publicitario o de otra especie”.

A partir de la anterior consideración, el proyecto de decreto amplía la protección de estas personas trabajadoras, según sus funciones, en otros artículos contenidos dentro del mismo capítulo. Por ejemplo, el artículo 305 engloba que “las relaciones de trabajo pueden ser por obra, tiempo determinado o por tiempo indeterminado, para varias temporadas o para la celebración de una o varias funciones, representaciones, actuaciones, interpretaciones o ejecuciones”.

Asimismo, en el artículo 310 se considera lo siguiente: “Cuando la naturaleza del trabajo lo requiera, las y los patrones estarán obligados a proporcionar a las personas trabajadoras del arte en general, actores y músicos lugares de trabajo adecuados para el ejercicio de sus actividades y, en su caso, camerinos cómodos, higiénicos y seguros, en el local o lugar donde se preste el servicio, así como los recursos materiales necesarios para desempeñar su trabajo”.

Lo dicho en el pleno

“Este dictamen es una oportunidad para esos miles de jóvenes que deciden abandonar su proyecto de estudiar o dedicarse a una carrera artística, porque, a pesar de que muchos tienen este sueño, el mercado laboral no es amigable con sus derechos. La inestabilidad económica y la falta de prestaciones es la norma para la mayoría de las personas de este ámbito”, señaló este martes la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano.

Detalló que las personas trabajadoras de este sector se clasifican en cuatro categorías: por cuenta propia, con contratos indefinidos, con contratos temporales y, finalmente, personas sin contrato de trabajo o sin información sobre éste.

“Para todas ellas, independientemente de que generen experiencias o bienes de consumo, habrá una protección que marca el inicio de su periodo de cotización a la seguridad social. Es crucial actuar hoy, pues el trabajo del arte se está transformando. Han surgido nuevos modelos de distribución de productos, como el streaming, la financiación colectiva, incubadoras de arte, trabajo colaborativo, autoedición e inteligencia artificial, entre otras”, añadió.

Por su parte, la senadora Susana Harp Iturribarría, presidenta de la Comisión de Cultura, declaró:

“Las y los artistas han esperado 40 años para aparecer en la Ley del Trabajo, pues actualmente sólo se hace referencia a músicos y actores. Pero con estos cambios abrimos la puerta a todas las demás actividades artísticas como debió haber sido siempre. Hemos recogido una gran cantidad de solicitudes de artistas de diferentes disciplinas que hoy no se encuentran en esta ley y que no tienen, por lo tanto, el reconocimiento a su trabajo. Y, por ello, sus derechos no pueden ejercerse en plenitud, como contar con un contrato, tener acceso a servicios médicos o gozar de prerrogativas específicas de conformidad con la naturaleza de su actividad”.

Harp Iturribarría presentó una reserva al artículo 304 en la que, dijo, para modificar el texto del dictamen “con el objetivo de precisar que se trata de las personas que, para su trabajo, ejercitan habilidades artísticas, estéticas, creativas, interpretativas, y dejar en claro que este capítulo va dirigido a las personas artistas, quienes están de acuerdo en que su dignidad dentro del trabajo en el arte se debe de reflejar en un adecuado marco de derechos”. Dicha reserva también fue aprobada por el pleno del Senado.

Con su aprobación, la minuta será remitida a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.

Un paquete de reformas en favor del sector

La aprobación en el Senado de la reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, sucedida este martes, es parte de un trabajo legislativo para modificar el marco normativo sobre los derechos de las personas trabajadoras del arte y la cultura, dentro de las que se han propuesto y en algunos casos se han concretado ya iniciativas para la reforma de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; la Ley Federal del Derecho de Autor, y la Ley del Seguro Social, en cuyo campo, por cierto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso en marcha un Programa Piloto de Personas Trabajadoras Independientes para el cual se fue trabajando en el ajuste para el perfil específico de las personas trabajadoras del arte y la cultura, dada la periodicidad variable de sus labores profesionales.

Asimismo, se espera que este mismo año arranque en el Senado la discusión sobre la reforma integral de la Ley Federal de Cinematografía para adaptarla a las condiciones tecnológicas, laborales y gremiales de la actualidad. Dicho proyecto de ley, como ha declarado María Novaro Peñaloza, directora del Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine), terminó ya su proceso de revisión por parte de todas las partes involucradas y aguarda para iniciar su proceso legislativo.

Más información relacionada:

ricardo.quiroga@eleconomista.mx

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