Buscar
Tecnología

Lectura 5:00 min

qué es sexting

Aunque se considera una práctica legal y voluntaria, existe una amplia discusión sobre los efectos negativos que puede tener la práctica del sexting: desde una difusión masiva de contenidos por uso irresponsable de ellos por parte del receptor hasta extorsiones y problemas legales en el caso de menores de edad.

Qué es el sexting.

El envío y la recepción de fotos o videos con contenido sexual explícito o sugerente por medio de dispositivos móviles inteligentes es la práctica que se conceptualiza como sexting. Esta práctica se ha hecho más común en la población, especialmente entre los adolescentes y jóvenes. 

Sextear es una práctica legal y voluntaria siempre que los participantes lo hagan de manera voluntaria y responsable, sean mayores de edad y no violenten las restricciones legales en términos de datos personales.

¿Cuáles son los tipos de sexting?

Es considerado como sexting activo, el envío de imágenes, videos u otros. Y el denominado sexting pasivo, consiste en recibir dichos contenidos de índole sexual.

A pesar de que es un fenómeno normalizado entre muchas parejas, dado que se entiende como el intercambio voluntario y consensuado de contenidos, también existe una amplia discusión sobre los efectos negativos que puede tener la práctica del sexting: desde una difusión masiva de contenidos por uso irresponsable de ellos por parte del receptor hasta extorsiones y problemas legales en el caso de menores de edad. 

Algunas de las problemáticas que se estudian entorno al sexting son:

1. Dificultad para identificar la voluntariedad

Uno de los principales objetos de estudio en el sexting, y que lo diferencia de otras situaciones de difusión de contenidos sexuales, es la dificultad para identificar la voluntariedad de la primera difusión de alguna foto o video con contenido sexual. Se da por hecho que por ser la pareja, el receptor el envío es totalmente voluntario, sin embargo, también se han encontrado casos en los que se identifica presión para la producción y difusión de estos contenidos por parte de las parejas mismas.

2. Falta de perspectiva de género

En la mayoría de los casos, cuando el sexting trasciende y genera efectos negativos para el autor del contenido, las víctimas son mujeres. El mal uso de contenidos digitales sexuales o eróticos puede desencadenar en delitos cibernéticos como extorsiones, uso ilegal de datos personales en sitios de pornografía o acoso digital. Las mujeres son desproporcionadamente la mayoría de las víctimas de los delitos sexuales, físicos y virtuales.

3. Instantaneidad de la difusión

Otra de las particularidades del sexting es que la transferencia de estos contenidos se limita a plataformas de mensajería instantánea y redes sociales, como WhatsApp, Facebook, Twitter o Instagram.

La inmediatez y la baja seguridad de estas aplicaciones digitales aumenta las probabilidades de una difusión masiva sin consentimiento de contenidos sexuales o eróticos. La mayoría de las aplicaciones por las que se practica el sexting no tienen herramientas para identificar si el difusor es propietario y autor del contenido, ni para identificar si el autor es mayor de edad, ni para contener la masividad de la difusión y en algunos casos la respuesta a las denuncias de contenidos es lenta.

4. Menores de edad

En los estudios sobre el sexting una de las principales cuestiones a discusión es el hecho de que la mayor parte de los practicantes son menores de edad o adultos jóvenes, debido a que la población menor de 25 años es la que registra los mayores niveles de uso de redes sociales y plataformas digitales. En este aspecto, se enfatiza en las consecuencias legales de que un menor de edad envíe contenidos sexuales o eróticos a un mayor de edad. Aun cuando el envío sea voluntario. De estas prácticas surgen delitos de alto impacto, tipificados en el Código Penal Federal, como son la pornografía infantil, la pederastia y otros delitos contra la intimidad.

Entidades académicas como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la Universidad de Guadalajara (UdeG) y el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (Tec de Monterrey) han alertado también sobre los alcances negativos del sexting mediante talleres, pláticas y difusiones editoriales, que llaman a la población joven a realizar esta práctica de manera responsable.

Entre los riesgos que destacan por el mal uso de los contenidos audiovisuales se encuentran las extorsiones sexuales (sextorsión) y el acoso virtual (ciberacoso).

En el primer caso la víctima es amenazada y chantajeada por el agresor usando sus fotos y videos. En el segundo caso el autor del contenido es víctima de exposición pública, acoso, persecución y humillación.

¿Qué, cómo y dónde se puede denunciar un delito cibernético?

En la Ciudad de México existe una plataforma especializada para la asesoría sobre los delitos cibernéticos. Como una subdivisión de la Secretaría de Seguridad Pública, la Policía de Ciberdelincuencia Preventiva se encarga de atender todos los casos de acoso, exposición, violencia y otros delitos digitales. Para información más detallada: http://data.ssp.cdmx.gob.mx/ciberdelincuencia.html

Contacto telefónico: 52425100 ext. 5086

Contacto por correo: policia.cibernetica@ssp.cdmx.gob.mx

Twitter: @UCS_GCDMX

ana.garcia@eleconomista.mx

kg

Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México. Periodista especializada en género, derechos humanos, justicia social y desarrollo económico.

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas