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¿En qué consiste la “Ley Silla” y los nuevos derechos laborales que plantea?
Una reforma a la Ley Federal del Trabajo busca regular la exposición al riesgo en los empleos en los que las personas deben permanecer de pie por tiempos prolongados, evitar que los patrones les prohíban sentarse y fijar multas específicas por este incumplimiento.
Movimiento Ciudadano (MC) presentó en el Senado de la República una nueva propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) ahora para reducir los riesgos de las personas que deben permanecer mucho tiempo de pie en su empleo, principalmente en el sector comercial. La propuesta conocida como la “Ley Silla” será analizada por la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta.
Una investigación de la Revista Americana de Epidemiología evidencia que las personas en ocupaciones que requieren permanecer mucho tiempo de pie tienen un riesgo dos veces más alto de sufrir una enfermedad cardíaca en comparación con los trabajadores con actividades que permiten estar sentado.
“La realidad es que las condiciones de trabajo deberían establecerse a medida que la persona trabajadora tenga la libertad para cambiar de posturas, sentado o parado, según lo necesite a lo largo de su jornada. Con esta reforma, se estaría dando un paso crucial para disminuir los riesgos a la salud de las personas trabajadores en sus lugares de trabajo”, señala la senadora Patricia Mercado (MC), promotora de la iniciativa.
Actualmente la legislación laboral establece la obligación para los patrones de “mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros análogos” y esta misma disposición se aplica a otras industrias, siempre que “la naturaleza del trabajo lo permita”.
¿Qué se plantea entonces con la denominada “Ley Silla”? La iniciativa propone modificar el artículo 132 de la LFT que contiene esta disposición para que los empleadores provean las sillas y asientos con respaldo a sus empleados en los sectores de servicio, comercio y análogo tanto “para la ejecución de sus funciones como para el descanso periódico durante la jornada laboral”.
En el resto de las industrias, esta norma sólo se podrá limitar si puede ponerse en riesgo la seguridad de las personas por tomar asiento durante el desarrollo de sus actividades.
A decir de Patricia Mercado, este marco regulatorio no se ha modificado en 53 años, desde que entró en vigor la legislación laboral. “El proyecto de decreto de la presente iniciativa plantea la necesidad de establecer el descanso periódico obligatorio en todos los centros de trabajo y prohibir la obligatoriedad de permanecer de pie”.
De acuerdo con la investigación de la Revista Americana de Epidemiología, las personas trabajadoras que laboran todo el tiempo de pie son mayormente susceptibles a un infarto cardíaco o a sufrir un derrame cerebral, los cuales tienen que ver con el retorno venoso, es decir, la tasa de flujo sanguíneo de vuelta al corazón. La razón de esto se encuentra en que el bombeo de sangre de los pies, tobillos y pantorrillas, al estar hinchados, le dificulta el trabajo al corazón. Además, permanecer tiempos prolongados de pie puede ocasionar problemas a las vértebras y articulaciones.
En específico, se plantea en el proyecto de reforma a la LFT, entre los problemas de salud que se buscan evitar entre quienes desempeñan su jornada laboral de pie destacan:
- Fatiga
- Insuficiencia venosa
- Tendinitis
- Surgimiento de várices
- Lesiones en las rodillas
- Dolores musculares
- Hemorroides
- Lumbalgia
- Fascitis plantar
“Aunque no haya datos públicos nacionales, pues el Estado aún no lo reconoce como problema público, esto no significa que esta problemática no exista. Este problema público atraviesa factores como la salud y lo laboral, y tiene repercusiones económicas a nivel micro, porque afecta a la fuerza de trabajo, y a nivel macro, porque el Estado adquiere el coste de los problemas de salud que generará a largo plazo en cuanto al seguro social”, apunta la senadora de MC.
La reforma también plantea incorporar como una prohibición patronal “obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”.
Además, la modificación propuesta busca que los reglamentos internos de trabajo reconozcan los períodos de reposo obligatorios durante la jornada laboral y políticas para regular el derecho de los trabajadores a usar una silla o asiento con respaldo.
El proyecto también añadiría una sanción para los empleadores que no cumplan con esta regulación, una multa que oscilaría entre 25,935 y los 259,350 pesos.
Regulación nueva en México, pero no en el mundo
Aunque este tema puede ser nuevo en México, en otras economías, el tiempo que permanecen de pie las personas trabajadores en su empleo es un tema regulado. En Latinoamérica, por ejemplo, Chile cuenta con este derecho desde 1914 y Argentina cuenta con una disposición legal específica desde 1935.
En tanto, en Nueva York hay actualmente un debate público en torno al tema, para terminar con la posibilidad de que los patrones les prohíban a los empleados sentarse. La propuesta de ley llamada “Standing is Tiring Act” o en español “estar parado cansa” ha ganado terreno en la agenda pública.
La propuesta de reforma a la LFT presentada en la Cámara Alta, subraya la senadora Patricia Mercado, ayudaría a México en el cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible #8 sobre trabajo decente.
“Aunque es una reforma que tiene como grupo objetivo a las personas trabajadoras, no significa que no pueda traer beneficios al sector empresarial. Existe una correlación positiva entre el ambiente de trabajo y la productividad de la empresa. Básicamente generar un trabajo decente impactará directamente con el cliente en su nivel de satisfacción”, apunta la legisladora.