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IMSS va contra subregistro de salarios con uso de bonos y vales de despensa
El Consejo Técnico del IMSS emitió un acuerdo en el que subraya que los bonos de productividad y pagos similares se deben integrar al salario base de cotización de los trabajadores, esto como una medida para combatir la evasión en el pago de cuotas patronales a través del subregistro de sueldos.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso en la mira los esquemas de simulación de sueldos utilizados por las empresas para reducir el pago de cuotas patronales, por lo que los empleadores deberán revisar sus mecanismos internos, de lo contrario se considerará que emplean “prácticas fiscales indebidas en materia de seguridad social”.
El Consejo Técnico del IMSS emitió un acuerdo en el que establece que los pagos a través de bonos de productividad y los vales de despensa, entre otras figuras, forman parte del salario base de cotización de los trabajadores asegurados.
Especialistas consultados coinciden en que este criterio busca evitar la práctica de muchos patrones de reportar un salario bajo a las autoridades y complementar el sueldo real al trabajador a través de otras figuras de pago. Por lo que las empresas deben analizar el tratamiento laboral, fiscal y de seguridad social que le dan a todo su esquema de prestaciones.
Rodolfo Trampe, socio de la firma Von Wobeser y Sierra, asegura que este criterio está dirigido a las empresas que usan estos mecanismos y no los integran al salario base de cotización para evitar un incremento en las cuotas obrero-patronales, y por lo tanto, registran un sueldo menor al que realmente perciben los empleados.
“Hay empresas medianas y pequeñas, y que no están en compliance, que pagan a través de tarjetas de regalo, vales de despensa o incluso en efectivo para tratar de evadir esa contribución. No se le reporta al IMSS el salario debidamente integrado, aunque en la realidad sí lo están pagando. Desafortunadamente siempre han existido estos esquemas”, expone el especialista.
En eso coincide Alfredo Kupfer, socio de la firma Sánchez Devanny. A decir del especialista, el objetivo del acuerdo del Consejo Técnico del IMSS es evitar “que se disfracen los salarios con bonos” y es parte de los esfuerzos de las autoridades para combatir los mecanismos de simulación.
“Las empresas deben ser cuidadosas de darle a cada concepto el tratamiento adecuado. Los bonos van directo a integración de salario base de cotización. Si esos conceptos no los están integrando al salario de cotización, pueden estar en problemas, eso no es nuevo y no debería sorprendernos. Las empresas deben revisar que lo estén haciendo correctamente”, señala el especialista.
En el acuerdo del Consejo Técnico del IMSS publicado el 7 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se reconoce que se han identificado “empresas que ofrecen esquemas de evasión de contribuciones utilizando pagos derivados de un programa de productividad, mediante una asociación patronal, justificando así su no integración al salario base de cotización”.
“En relación con los bonos de productividad, también llamados incentivos, comisiones, bonos o gratificaciones, éstos se encuentran directamente vinculados a la prestación del servicio o desempeño de un trabajo, ya que, si los colaboradores no laboran, no reciben pago por dichos conceptos. Los bonos entregados forman parte de la base salarial sin importar que se otorguen a través de una tarjeta de regalo o de vales de despensa, o bien que sean entregados por una asociación patronal; independientemente de la forma en que se cubran, no pierden su naturaleza jurídica de percepción o gratificación”, se establece en el documento.
El subregistro salarial, como se le denomina a esta práctica, representa un ahorro para las empresas en las cuotas obrero-patronales, pero también puede afectar a los trabajadores en indemnizaciones por riesgos laborales, en su ahorro para el retiro o hasta el trámite de un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), subraya Rodolfo Trampe.
Excedente y pagos anticipados de PTU
Por otra parte, la autoridad también determinó que los pagos de la Participación de Trabajadores en las Utilidades de la empresa (PTU) superiores al tope establecido en la legislación en 2021 se deben integrar al salario base de cotización. Esto aplica sólo para los casos cuando haya un excedente en este recurso.
La simulación de salarios reales a través de bonos, comisiones y gratificaciones fue calificada por el IMSS en el criterio como “una práctica fiscal indebida en materia de seguridad social”. De acuerdo con la descripción proporcionada por la autoridad, quienes incurren en esta mala práctica son:
- Empleadores que excluyen del salario base de cotización los pagos que exceden el monto máximo de la participación de los trabajadores en las utilidades.
- Empresas que paguen la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas fuera del plazo establecido (antes o después).
- Patrones que excluyan del salario base de cotización los pagos hechos por concepto de bono de productividad o de cualquier otra naturaleza.
- Asesores, consejeros, prestadores de servicios y quienes participen en la elaboración o implementación de los esquemas anteriores.
- Todo contador público autorizado que emita una opinión de cumplimiento "limpia y sin salvedades" en el dictamen en materia de seguridad social de patrones que incurran en cualquiera de las conductas mencionadas.
Para Alfredo Kupfer, el criterio para la integración al salario base de cotización de los pagos anticipados del PTU, es un exceso del Consejo Técnico, ya que la naturaleza del concepto no cambia. Aunque se entiende que cubrir el reparto de utilidades en el plazo legal puede darle mayor certeza a la autoridad, “eso no quiere decir que en todos los casos se trate de prácticas ilegales”.
“El alcance de esto no sólo afecta a empresas que tiene prácticas de anticipo del PTU, sino a los propios trabajadores, porque si hay compañías que interpretan esto de manera conservadora, si otorgaban anticipos de PTU, de verdadero PTU, decidirán ya no hacerlo. En lugar de hacer un esfuerzo por darles más flujo de dinero a sus empleados, se esperarán hasta mayo. Puede llegar a tener un impacto al bolsillo y a la administración”, advierte el especialista.
¿Cuál es el alcance del acuerdo del IMSS?
Este criterio del IMSS no afecta a las empresas que ofrecen vales de despensa y otras prestaciones superiores a la ley, como bonos de desempeño, por un asunto de competitividad por el talento, opina Rodolfo Trampe. Va dirigido a quienes lo usan como una forma de evasión.
“No hay ningún perjuicio, todas las empresas pueden mantener un esquema de bonos o una prestación de previsión social siempre que cumplan con los requisitos para ser consideradas como tal. Pero todas estas empresas seguirán en cumplimiento y no habrá algo nuevo, no tienen por qué preocuparse si están integrando al salario base de cotización lo que se debe integrar”, apunta.
Aunque el acuerdo es sólo para el funcionamiento interno del IMSS, Alfredo Kupfer puntualiza que estas determinaciones son importantes porque dan claridad sobre la interpretación de la autoridad “y a lo que nos enfrentamos en el día a día”.
“Hay que revisar cómo se está reportando el salario base de cotización, compararlo con la lista completa de todos los conceptos de pago que se dan en una relación de trabajo e identificar si hay algún incumplimiento, porque si lo hay, se tiene que acudir al IMSS para el cumplimiento voluntario.
“Si bien esto no nos evitará el pago de diferencias, actualizaciones y recargos, la Ley del Seguro Social establece que puede evitarse el cobro de las multas, que en estos casos llegan a ser del 50% del monto total adeudado. Hay que hacer una revisión de todo esto porque puede haber empresas en zonas de peligro”, agrega el especialista.