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Capital Humano

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La nueva justicia laboral que no nace y las juntas de conciliación que agonizan

Desde hace más de un siglo, los conflictos laborales en México se dirimen en las juntas de conciliación y arbitraje, o sea, en el Poder Ejecutivo. La reforma de 2017 establece que estas disputas se resolverán en el Poder Judicial. Pero, ¿estos cambios benefician a los trabajadores o a las empresas? Dos especialistas en derecho laboral, Enrique Larios Díaz y Luís Díaz Mirón dan su punto de vista.  

Los especialistas en derecho laboral Enrique Larios Díez (izq.) y Luis Díaz Mirón (der.) - Foto: Eric Lugo y Zulleyka Hoyo

El centenario sistema de justicia laboral en México, con sus juntas de conciliación y arbitraje, está muriendo. La fecha del deceso la pondrán los legisladores. Y mientras ese modelo agoniza, a la reforma laboral de 2017 le hace falta algo para que viva: una ley secundaria que reglamente los nuevos órganos de conciliación.

Hay quienes consideran que las modificaciones a la justicia laboral son un acierto y  que gracias a ellas la conciliación será una realidad. Otros opinan que los cambios inclinan la balanza de la justicia hacia los patrones porque desincentivan al trabajador a iniciar una querella. 

Factor Capital Humano entrevistó a dos destacados laboristas para que ofrecieran más contexto y dieran su opinión al respecto: Enrique Larios Díaz, presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y Luis Díaz Mirón, rector de la Escuela Libre de Derecho (ELD).

Con Porfirio, los trabajadores nunca ganaban

En la época del presidente Porfirio Díaz los trabajadores comenzaron a demandar a sus patrones “por accidentes y enfermedades de trabajo”, recapitula Enrique Larios. Entonces el gobierno decidió que los juzgados civiles verían esos asuntos. “No hay un solo registro de que los empleados hayan ganado alguna vez”, agrega.

Fue en la Revolución Mexicana cuando inició el modelo de las juntas de conciliación y arbitraje. Desde entonces el sistema es tripartita, es decir, están integradas por un representante patronal, uno del trabajador y uno del Estado. 

Y más tarde, los regímenes postrevolucionarios integraron esas juntas a la Secretaría del Trabajo, apunta el catedrático. 

¿Por qué las juntas no funcionan? Las juntas de conciliación tienen dos problemas fundamentales, considera Larios Díaz: que son tripartitas y que la designación del titular de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la hace el presidente de la República. “Con ello invade la esfera judicial, al intervenir en justicia laboral”.

El escaso presupuesto destinado a la justicia laboral es otro factor que terminó por agotarlas, añade. “A partir de 1982 los gobiernos empezaron a limitar los recursos y  reducirles el personal”. Se trató, asegura, de una política neoliberal para que la justicia laboral fuera más lenta.

Litigantes coyotes

Luis Díaz Mirón afirma que la principal falla de esos organismos radica justamente en sus pocos recursos económicos. “El gobierno los tiene abandonados, no les ha invertido lo suficiente”. Como toda buena organización, apunta, requieren un andamiaje con controles, incentivos y mediciones. 

Ambos coinciden en que eso provocó que los casos se acumularan. Los trabajadores se han sentido insatisfechos “en uno de los principales sentimientos que cualquiera le reclama a su gobierno: justicia”, puntualiza Díaz Mirón. 

Pero también los litigantes han sido responsables de esta situación, acusa. Por muchos años, algunos “han llevado a cabo malas prácticas como atrasar de manera deliberada los procesos y cometer puros actos de corrupción”. El laborista no duda en llamarlos coyotes que retrasan la justicia para obtener beneficios económicos”. 

Cien años después, una reforma

En 2016 el Senado reformó la Constitución en materia laboral y en febrero de 2017 esos cambios entraron en vigor. Uno de ellos fue desaparecer las juntas federales y locales de conciliación, y sustituirlas por instancias que concilien de manera obligatoria.

El 25 de febrero de este 2018 las juntas deberían haber dejado de funcionar. Finalmente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) anunció que su cierre llevará todavía unos cinco años, para terminar los casos que tienen.

“No se cumplió porque es imposible, está mal hecha la reforma”. Para reglamentarla hay que hacer cambios a más de 100 leyes federales y locales, dice Enrique Larios. 

El fin de las juntas de conciliación y arbitraje ya está decidido. Falta establecer cuándo y en qué condiciones, indica Luis Díaz Mirón. Para ello, los diputados tendrán que crear una ley reglamentaria o secundaria. 

El abogado laborista prevé que a partir de que los legisladores aprueben esa ley, algo que estima pueda ocurrir en septiembre de 2019, el proceso llevará otros cuatro años. “Por ahí de octubre o noviembre de 2023, a un año de que termine el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, entrará en vigencia el sistema de tribunales laborales”. 

¿Cómo funcionarán los nuevos tribunales laborales?

En la actualidad, porque aún funcionan, las juntas reciben las demandas y dictan laudos – sentencias—, que le dan la razón al trabajador o a la empresa. Cuando se ponga en marcha el nuevo sistema habrá dos instancias para resolver los conflictos, una administrativa y una judicial.

La primera será un órgano conciliador, que seguirá dependiendo del Poder Ejecutivo. Ahí se llevarán a cabo las audiencias para casos individuales y colectivos. También la toma de nota de sindicados. 

Enrique Larios explica así ese proceso: “las autoridades a cargo dejan que las partes hablen, se reclamen asuntos y, pasada la catarsis, llegan a un acuerdo”. 

La reforma convirtió a la conciliación en algo obligatorio, recuerda Luis Díaz Mirón. Y esto le "parece buenísima idea, porque a los mexicanos nos tienen que andar acarreando”. Si en las juntas de conciliación actuales no se concilia, es porque no es forzoso, considera. 

Si aun así, empresa y trabajador siguen sin entenderse o sin ceder, pasan a la segunda instancia: un tribunal laboral que depende del Poder Judicial. Pero para llevar su caso a juicio los órganos de conciliación deben liberar su caso y emitir una constancia que certifique que no se pudo conciliar. 

¿A quién favorece el nuevo sistema?

Enrique Larios considera que las empresas pueden manejarse bien en el nuevo sistema que estará disponible en unos años. Por otro lado, observa que el hecho de que sean dos organismos a los que hay que acudir puede desincentivar a los trabajadores.

Desde “la óptica de política laboral, se calcula como una forma en que el trabajador se agota”.

Luis Díaz Mirón no comparte esta opinión. “Muchos no quieren ese sistema porque quieren seguir viviendo de la conflictividad, no quieren vivir de la conciliación, de los arreglos positivos”. Sin embargo, advierte que hay que leer entre líneas: “lo que quiere el gobierno, lo que quieren todos los patrones, y trabajadores, es bajarla la conflictividad”.

Cuando se le pregunta si el nuevo sistema pone el suelo parejo para todos, Díaz Mirón contesta que “Con Morena en el gobierno, el suelo va a ser a favor del trabajador”, augura. 

Nueva reforma, nuevos laboralistas

Mientras que Enrique Larios apunta que “los tribunales colegiados no tienen experiencia laboral”, Luis Díaz Mirón dice que es una nueva oportunidad de resolver conflictos. “Con verdaderos entes de conciliación, serios y sensatos”, también se abre una ventana  para la especialización de laboralistas

Señala que hay mucho capital humano en el mercado y otro que estará disponible cuando las juntas desaparezcan. “Ellos ya tienen conocimientos, experiencia, sensibilidad y nos conocen a los demás abogados en el medio”.

Larios subraya que el nuevo órgano conciliador y los tribunales necesitarán, por ejemplo, actuarios que notifiquen las audiencias. Hará falta mucho personal y ante el anuncio austeridad en el gasto público en el próximo gobierno federal, el panorama no se ve alentador. 

Sindicatos y simulación

Para Luis Díaz Mirón la “parte más sensible de la reforma es la representatividad  y la democracia sindical”. De ello derivará la transparencia, congruencia  y todo un esquema de contratos colectivos que no sean simulados. 

Según el laborista, para poner en práctica esas acciones no es necesario esperar a que los diputados legislen una ley secundaria. La Constitución Política, señala, en su artículo 123, apartado A, fracción 18, le pide al sindicato que cuando reclame la firma de un contrato colectivo debe acreditar su representatividad. 

Enrique Larios Díaz

Es presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM. Es miembro de número de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y de la Miembro de la National Lawyers Guild (USA). 

Luis Díaz Mirón

Es rector de la Escuela Libre de Derecho. Ha sido presidente del Consejo Directivo Nacional de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE).

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