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¿Qué trámites deben realizar las empresas para contratar trabajadores extranjeros?
El derecho al trabajo es un derecho humano que las personas migrantes pueden ejercer en México. Sin embargo, debido al desconocimiento de los trámites y los procesos legales, muchas empresas no se abren a la atracción de talento extranjero.
Migración en tránsito que se convirtió en migración de destino. Mientras México ayuda a Estados Unidos a controlar el flujo migratorio de quienes tienen menos posibilidad de pasar de manera documentada, las personas que se quedan en este país enfrentan obstáculos legales, administrativos y culturales para encontrar un empleo formal.
Al mismo tiempo, este fenómeno es una oportunidad para las empresas en México que buscan talento diversificado. Los trabajadores y las trabajadoras migrantes contribuyen con hasta el 7% del Producto Interno Bruto (PIB), según la organización México ¿Cómo Vamos?
Pero, a pesar de que se trata del respeto a los derechos humanos de las personas migrantes y de las ventajas para el crecimiento económico que eso traería, diversas regulaciones y percepciones negativas dificultan la integración de esta población a la fuerza laboral.
“Existe una política para cerrar la frontera a la migración ilegal hacia Estados Unidos y una manera de proveer a esas personas un tipo de asistencia puede ser el que obtengan un trabajo en nuestro país”, dice en entrevista Alfredo Kupfer, socio encargado de Práctica Laboral, Seguridad Social y Migración del despacho Sánchez Devanny.
Quizá el nearshoring, un esquema económico apoyado por gobiernos e iniciativa privada, ayude a cambiar las políticas públicas y corporativas para que más personas migrantes tengan oportunidades laborales en este país, agrega.
“México vive un momento crucial en la migración y hay que aprovecharlo de la manera más positiva y humana. Esas personas que vienen de Centroamérica, Sudamérica, África y Asia” pueden tener un empleo digno en este país.
La visa humanitaria es una solución, señala el abogado. “Una de las grandes ventajas de esa visa es que les permite trabajar, y eso es algo muy poco conocido. La visa por razones humanitarias les permite contratarse en el país, recibir un salario y prestaciones, tener seguridad social y otros beneficios”.
Entre 2019 y 2022, el Instituto Mexicano de Migración (INM) incrementó 53% la emisión de visas por razones humanitarias. Sin embargo, debido a la pandemia de covid-19, las cantidades han fluctuado de esta manera:
- 2019: 84,292 visas
- 2020: 25,414 visas
- 2021: 87,674 visas
- 2022: 129,205 visas
En el periodo de enero a junio de 2023, el INM ha otorgado 81,593 visas por razones humanitarias. A ese ritmo, podría superar la cifra del año pasado.
El marco legal para contratar a migrantes
La posibilidad en México de contratar a personas extranjeras “lógicamente existe y está perfectamente regulada en distintas legislaciones”, apunta Alfredo Kupfer.
El artículo 1 de la Constitución señala que cualquier persona que se encuentre en México, sin distinción de nacionalidad, “tiene acceso a todos los derechos humanos, entre ellos, el derecho al trabajo”.
Es, sin embargo, la Ley Federal del Trabajo (LFT) la que les pone límites. El artículo 7 del marco legal impide que cualquier empresa o establecimiento conforme su plantilla laboral con más del 10% de personal extranjero.
“En las categorías de técnicos y profesionales, los trabajadores deberán ser mexicanos”. Si acaso el país no contara con una especialidad determinada, las empresas podrán emplear temporalmente a personas extranjeras.
Pero, nuevamente, esas contrataciones especializadas no pueden exceder del 10 por ciento. Además, las empresas y las personas trabajadoras migrantes tendrán la obligación de capacitar al talento mexicano en esa misma especialidad.
Otra restricción es que “los médicos al servicio de las empresas deberán ser mexicanos”.
Para Alfredo Kupfer, el artículo 7 de la LFT es inconstitucional. Pero si el Congreso no lo reforma, “se necesitaría que un extranjero, que es quien tiene el interés legal y legítimo, promoviera un amparo en caso de que le fuera negada una visa de trabajo porque su presencia excede el 10% que se le permite a la empresa”.
¿Cómo contratar a migrantes?
Para contratar a personas migrantes en México, lo primero que debe hacer una empresa es obtener la Constancia de Inscripción de Empleador, explica el abogado.
Dicho documento se solicita al Instituto Nacional de Migración (INM). “Su función es la de ser de un registro y un control del flujo migratorio”. Tiene una vigencia de un año, por lo que debe ser renovada anualmente y pagar los derechos de ello.
Las personas migrantes pueden ser contratadas también por personas físicas, no sólo por empresas. En caso de ser una compañía o persona moral, estos son algunos de los documentos que se deben presentar para obtener la constancia:
- Acta constitutiva
- Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes
- Constancia de la última declaración de impuestos
- Lista de empleados y su nacionalidad
En el caso de personas físicas, algunos de los documentos requeridos son:
- Identificación oficial vigente
- Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes
- Constancia de la última declaración de impuestos
La solicitud se puede iniciar en línea, pero hay que continuarla de manera presencial. O se puede acudir directamente a la oficina de atención a trámites del INM más cercana.
Visas para personas trabajadoras
En México existen diferentes visas para personas migrantes con las cuales podrán trabajar de manera formal y ser aseguradas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Éstas son algunas:
- Visa por Oferta de Empleo. Aplicable a quien tenga una oferta de empleo concreta por parte de una persona física o moral, o también de una dependencia gubernamental. Para obtenerla, la persona no debe tener en proceso una visa de residencia temporal o de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; si ya cuenta con dicho documento, tendrá que desistirse de él.
- Visa por Razones Humanitarias. Se otorga a personas víctimas de catástrofe natural o violencia, cuya vida o integridad se encuentre en peligro de continuar en su país. También se le puede extender a quienes necesiten ingresar a México a atender a un familiar por encontrarse en estado grave de salud. El trámite lo realiza “la persona física, o a la dependencia de la Administración Pública Federal, estatal o municipal” para alguien más.
- Permiso de Trabajo. Es para las personas con visa de residente temporal o residente temporal estudiante que pretenda trabajar. Se puede solicitar si la persona tiene menos de 18 años, pero su solicitud deberá tener la firma de la madre, padre o quien ejerza su patria potestad, la tutela o la curatela. Sólo se otorgará a quienes cuenten con una oferta de empleo, no para quienes deseen laborar de manera independiente.
- Residencia permanente. Según el artículo 54 de la Ley de Migración, se otorga por asilo político, reconocimiento de la condición de refugiado y protección complementaria o por la determinación de apátrida. Quienes obtengan este documento, tienen derecho a trabajar y a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo deseen.
Lentos procesos de trámites migratorios
“Salvo el artículo 7 de la Ley Federal del Trabajo que limita las contrataciones, tenemos un buen andamiaje legal para que personas extranjeras puedan laborar en México”, dice Alfredo Kupfer.
Sin embargo, agrega, lo que se necesita para mejorar la empleabilidad de personas migrantes “es un política más abierta, mejor dirigida y coordinada desde la Secretaría de Gobernación (SG), que es de quien depende el INM, hacia este fenómeno”.
Para el abogado, las autoridades federales están “haciendo más una contención, en lugar de ver a esto como una oportunidad laboral para el país”.
Los procesos administrativos del INM son demasiado largos. “Creemos que está absolutamente rebasado en su capacidad técnica y de atención a las personas. Las citas necesitan darse con mayor prontitud porque, sinceramente, no le funciona ni al extranjero ni a la empresa”.