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¿Quieres evitar inspecciones laborales? Todo lo que debes saber sobre Velavo

La STPS puso en marcha una plataforma para que las compañías puedan reportar el cumplimiento de diversas obligaciones patronales. El propósito, expresó Alejandro Salafranca, es “molestar lo menos posible” a las empresas que se mantienen al día.

Foto: EspecialShutterstock

Velavo es el nuevo programa de verificación laboral voluntaria de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), promete exentar a las empresas por un año de inspecciones ordinarias. Se trata de un sistema para que las compañías le informen a la dependencia sobre sus niveles de cumplimiento respecto a las condiciones de trabajo, capacitación y seguridad y salud.

“Se trata de no dedicar toda la estructura de la inspección a molestar a las empresas más visibles, que suelen ser las más cumplidoras y sobreinspeccionadas. Hemos hecho el Velavo para molestar lo menos posible al que cumple y mediante el sistema le entregue voluntariamente a la autoridad todo aquello que se le pediría en una inspección. Y entonces, toda la musculatura institucional se orienta a sectores y bolsas de incumplimiento”, explica en entrevista Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS.

El programa de verificación laboral voluntaria ya se encuentra activo y de acuerdo con la Secretaría del Trabajo, permite fortalecer las condiciones de trabajo digno, mejorar los procesos laborales y ofrece un acercamiento y asesoría directa de la dependencia.

Las empresas que acreditan el cumplimiento a través del sistema, obtienen un acuse de recibo que les permite quedar exentas de inspecciones ordinarias durante un año, aunque sí se contemplan visitas de asesoría. El registro debe realizarse por cada centro de trabajo y debe renovarse de manera anual para mantener los beneficios.

El programa tiene algunas limitaciones, pues no pueden inscribirse centros de trabajo con más de 75 empelados y con tasas de accidentes superiores al promedio del sector y nivel de riesgo mayor a la media nacional.

“Hay un límite, deben ser centros de trabajo con menos de 75 trabajadores y que sea en un rango de riesgo en el IMSS de entre uno y dos, esto es así porque como es un sistema que se basa en la buena fe. Es muy riesgoso hacer inspecciones en centros de trabajo como la minería, por ejemplo, que tienen un nivel de riesgo muy alto”, señala Alejandro Salafranca.

En el caso de centros de trabajo de industrias locales como restaurantes, la exención de inspecciones sólo aplica en capacitación y seguridad y salud, pues las condiciones generales de trabajo en sectores locales son verificadas por autoridades estatales. Sin embargo, el funcionario de la STPS afirma que se buscarán convenios con secretarías locales para que el beneficio se aplique también.

“Para las ramas locales, el Velavo se configurará exclusivamente como un mecanismo de diagnóstico de cumplimiento de obligaciones en Condiciones Generales del Trabajo, en el marco del Sistema de Acreditación de Buenas Prácticas Laborales y Trabajo Digno de la Secretaría”, se indica en las políticas de operación del programa.

¿Qué pasa si hay incumplimiento?

Si durante una visita de asesoría, el empleador se niega a recibir al inspector o a realizar los cambios recomendados para regularizarse, se programará una inspección extraordinaria. Lo mismo se aplicará en los casos en los que se identifique que la información compartida por la empresa es falsa.

“Se tiene una meta de por lo menos revisar en el primer año el 1% de las empresas que se inscriban en el Velavo con visitas y comprobar en campo si lo que declararon es cierto o no. Pero esto no es una inspección, es una visita de asesoría donde acude un servidor público que sólo constata si lo que declaraste en el sistema es correcto. Si hay que ajustar algo, se realiza, y si se encuentra una ilegalidad flagrante, entonces se da una orden de inspección”, apunta Alejandro Salafranca.

Del mismo modo, no se podrá realizar la inscripción al programa cuando detecten inconsistencias, anomalías o irregularidades en la información proporcionada por los centros de trabajo mediante la plataforma.

En estas circunstancias, la Secretaría del Trabajo emitirá un aviso de solicitud improcedente en el que señalará las inconsistencias identificadas y otorgará un plazo de 20 días hábiles a los centros de trabajo para corregirlas. La dependencia “revisará que el centro de trabajo haya subsanado las inconsistencias, anomalías o irregularidades y que acredite el cumplimiento de las disposiciones laborales mediante la plataforma. En caso de que el centro de trabajo no acredite ese cumplimento, se emitirá una segunda y última prevención con un término de 5 días hábiles”.

Si la información presentada en la segunda prevención mantiene irregularidades, deberán transcurrir 180 días hábiles para que el centro de trabajo pueda solicitar nuevamente la inscripción al Programa de Verificación Laboral Voluntaria.

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano.

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