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Economía

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Acuerdos conclusivos, vía electrónica

Esta figura será muy solicitada a partir de que inicien las auditorías a través de internet.

En la segunda mitad del 2016 la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) registrará un aumento considerable de solicitudes para alcanzar acuerdos conclusivos entre personas físicas o morales y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), destacó Edson Uribe Guerrero, subprocurador general de la Prodecon.

Detalló que dicho crecimiento se detonará en el último trimestre del año, luego de que en septiembre den inicio las revisiones electrónicas del organismo recaudador.

El 4 de julio el SAT y la Prodecon informaron que las auditorías electrónicas comenzarán en septiembre y destacaron la figura del acuerdo conclusivo al que pueden llegar los contribuyentes luego de que reciban una liquidación provisional (adeudo al fisco) en su Buzón Tributario.

Dado que las revisiones electrónicas son nuevas, se vivirá una curva de aprendizaje en la cual el mejor aliado de los contribuyentes serán los acuerdos conclusivos; hay que recordar que cuando un contribuyente recibe una liquidación provisional e interpone un acuerdo conclusivo, se suspende la auditoría de inmediato, esto es un respiro en el procedimiento que permite identificar qué es lo que le está observando al particular , detalló el subprocurador.

Hasta ahora, para solicitar un acuerdo conclusivo los contribuyentes tenían que presentar su escrito de forma presencial; sin embargo, Uribe Guerrero informó que, atendiendo a que las nuevas auditorías serán por Internet, también podrán pedirlo vía electrónica.

Esto nos permitirá optimizar nuestros tiempos y seguir acorde con la naturaleza de la propia auditoría , destacó.

Hay que recordar que el SAT ha comentado que estas revisiones serán muy puntuales sobre discrepancias en saldos de la balanza o impuestos no enterados, trámites muy sencillos en los que los contribuyentes podrán manifestar su desacuerdo o regularizarse.

Uribe Guerrero añadió que una vez que se logra un acuerdo conclusivo, el contribuyente adquiere absoluta certeza jurídica, pues con ello las personas fiscalizadas no podrán ser objeto de una nueva revisión electrónica por los mismos conceptos.

Es de suma importancia que las personas conozcan a detalle qué es un acuerdo conclusivo, pues ninguna otra figura puede suspender los efectos de dichos actos fiscalizadores del SAT , afirmó.

El derecho a interponer un acuerdo conclusivo es de todos, desde los contribuyentes pequeños hasta los grandes; la Prodecon está preparada para recibir y gestionar todas las solicitudes que se presenten , acotó.

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