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Economía

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Cambios en la Ley General de Contabilidad Gubernamental

La SHCP verificará periódicamente los resultados de recaudación y ejecución de programas y presupuestos de las dependencias.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Las modificaciones tienen que ver con las reglas de operación del consejo, del comité y de los consejos de armonización contable de las entidades federativas, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial.

La SHCP refiere que el decreto involucra entes públicos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades; los órganos autónomos de la Federación y de las entidades; los ayuntamientos; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y las entidades de la administración pública paraestatal federal, estatal o municipal.

Precisa que cada entidad federativa establecerá un Consejo de Armonización Contable, los cuales auxiliarán al consejo en el cumplimiento de lo dispuesto en esta legislación.

Estos consejos de armonización tendrán diversas atribuciones, como brindar asesoría a los entes públicos, según corresponda, para dar cumplimiento a las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera.

Asimismo, establecer acciones de coordinación; requerir y analizar información en la materia; proponer recomendaciones al secretario técnico del consejo respecto de las normas contables y de la emisión de información financiera, entre otras.

Los consejos de armonización contable de las entidades federativas se integrarán y funcionarán de conformidad con las reglas de operación que emita el consejo.

El decreto precisa la obligación de las autoridades de los diferentes poderes y niveles de gobierno en torno a la información periódica que deberán emitir en la materia, según corresponda.

Precisa que la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en el ámbito de su competencia, enviarán al consejo los criterios de evaluación de los recursos federales ministrados a las entidades, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

Así como los lineamientos de evaluación que permitan homologar y estandarizar tanto las evaluaciones como los indicadores para que dicho consejo, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a determinar los formatos para la difusión de los resultados de las evaluaciones.

La Secretaría de Hacienda, con el apoyo del Coneval, entregará conjuntamente con las dependencias coordinadoras de los fondos, programas y convenios, el último día hábil del mes de abril de cada año, a la Cámara de Diputados, un informe sobre las adecuaciones efectuadas, en su caso, a los indicadores del desempeño, así como su justificación.

Otra reforma determina que el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, estará a cargo de la programación, presupuestación, evaluación y control del gasto público federal correspondiente a las dependencias y entidades.

Asimismo, la Función Pública, en términos de las disposiciones jurídicas que rigen sus funciones de control y auditoría, inspeccionará y vigilará el cumplimiento de las disposiciones de esta legislación y de las que de ella emanen respecto de dicho gasto por parte de las dependencias y entidades.

La SHCP verificará periódicamente, al menos cada trimestre, los resultados de recaudación y de ejecución de los programas y presupuestos de las dependencias y entidades.

Lo anterior, con base en el sistema de evaluación del desempeño, entre otros, para identificar la eficiencia, economía, eficacia, y la calidad en la administración pública federal y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes.

De acuerdo con el decreto, que entrará en vigor, el Consejo Nacional de Armonización Contable, dentro de los 60 días naturales siguientes, emitirá las reglas de operación que deberán cumplir las entidades federativas.

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