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El Empresario

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Día Mundial de la Propiedad Intelectual: Consecuencias de no registrar tu marca

La propiedad intelectual es un proceso que ninguna pyme ni emprendimiento debe de pasar por alto. Se trata de preservar la innovación, impulsar el desarrollo, evitar sanciones y pérdida económicas

Cada 26 de abril se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, con la finalidad de proteger la innovación e invención en el mundo. En el caso de las pequeñas y medianas empresas (pymes) mexicanas existe desinformación sobre la importancia y consecuencias de no registrar la marca ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI).

Eduardo Kleinberg, socio administrador en Basham, Ringe y Correa, relata que, en sus más de 30 años de experiencia, ha visto casos de éxito y de fracaso de empresas en materia de propiedad intelectual.

“Sobre todo los pequeños y medianos empresarios no tienen la asesoría adecuada, empiezan a trabajar, a desarrollar ideas, a generar una clientela bajo una marca y de pronto se dan cuenta que alguien ya tiene registrado esa marca, alguien ya había protegido por derechos de autor su obra”, relata Eduardo Kleinberg.

Consecuencias de no registrar la propiedad intelectual

Cuando las pymes crecen tienen la posibilidad de ser compradas por otra empresa; sin embargo, en caso de que no exista un registro de marca, el valor de la compañía se devalúa y se pierde la oportunidad de ser comprada.

Asimismo, Eduardo Kleinberg recalca que se pueden presentar infracciones administrativas y sanciones económicas por el uso no autorizado de una marca.

Usar una marca sin registro puede generar un problema muy importante para las empresas, y muchas veces una pyme no tiene la capacidad de afrontar”, afirma.

Para las pequeñas y medianas empresas, no registrar su marca implica frenar e incluso retroceder todo el proceso que ha llevado. Esto conlleva a volver a empezar con la reconstrucción de su identidad y que los clientes vuelvan a identificarlos.

Puntos clave para el registro de una marca

En México, se desconocen los pasos para el registro de la protección industrial (marcas, modelos de utilidad, patentes, etc), como los derechos de autor (obras literarias, musicales, artísticas, entre otros).

Para registrar una marca es necesario buscar en la base de datos del IMPI y verificar su disponibilidad. Cabe mencionar que hay que tener paciencia en el proceso ante la variedad de marcas registradas, por lo que se debe de contar con más de una opción para completar el registro.

También se debe tomar en cuenta que las marcas no deben describir los productos o servicios que se van a comercializar.

Seguido de esto, Eduardo Kleinberg menciona que, para el caso de las pymes, lo más “complicado” es que una marca no se registra para proteger todo, esto quiere decir que, pueden registrarse con relación a productos y servicios, mismos que se pueden consultar en el sitio web del IMPI.

Lo importante es que debe de entender el pequeño y mediano empresario que cuando registra su marca, no va a proteger todos sus productos y servicios, sino, solamente aquellos que está efectivamente usando la marca”, explica.

Después de la búsqueda previa se debe clasificar correctamente y redactar con precisión los productos y servicios que se ofrecen. En caso de que exista alguna objeción en alguno de los pasos, el IMPI emitirá un oficio y se tendrá que repetir el proceso.

El tiempo estimado para la entrega del certificado es de cuatro a seis meses y tiene una duración de diez años, con la posibilidad de renovarla durante el mismo año de su vencimiento, de acuerdo con el artículo 178 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).

¿Es el mismo proceso con una patente?

En el caso de las patentes, el procedimiento es más complejo, ya que debe de ser novedoso a nivel mundial. Eduardo Kleinberg menciona que para ser sujeta de registro, también debe presentar la solicitud al IMPI.

El instituto se encarga de investigar a nivel mundial que no exista similitud o existencia de la invención. En caso de otorgarle la patente, su duración será de 20 años improrrogables, de acuerdo con el artículo 53 de la LFPPI.

Periodista de la sección El Empresario. Especializada en temas de emprendimiento, pymes, management, cultura laboral y crecimiento empresarial.

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