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El Empresario

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¿Eres freelance? estas son las obligaciones fiscales que debes cubrir

Primero tiene que estar registrado, o bien, solicitar su registro como contribuyente y con ello darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Trabajar de forma independiente, es decir ser freelance tiene beneficios como el establecer tus propios horarios, elegir a tus clientes y trabajar desde casa; sin embargo, la situación se vuelve turbia cuando es hora de declarar impuestos.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, realizada por el Inegi, el año pasado se incrementó 4% los trabajadores independientes respecto al mismo periodo del 2017.

Si está por comenzar a trabajar bajo el régimen de personas físicas, o si ya se encuentra bajo este esquema pero no sabe lo que debe hacer, es importante que esté al tanto de sus obligaciones fiscales para evitar recargos y multas.

¿Qué obligaciones tendrá?

Primero tiene que estar registrado, o bien, solicitar su registro como contribuyente y con ello darse de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), explicó Simón Díaz, director general de la plataforma contable el20.mx.

Posteriormente, debe darse de alta con las actividades económicas que corresponden a su trabajo y tener claras las obligaciones que esto implica respecto a la profesión que realiza.

Daniel Martínez, vocero de la plataforma contable Enconta, indicó que, en caso de que el trabajador ya esté dado de alta en el SAT, sólo debe dirigirse a la parte de Actualización de obligaciones fiscales, elegir el nuevo estatus bajo el que tributará y especificar la actividad que desempeñará.

Lleve su contabilidad

Otra de las responsabilidades que este tipo de trabajadores debe tomar en cuenta es que debe llevar la contabilidad correspondiente al volumen de las operaciones e ingresos que tenga, la cual debe conservar, por lo menos, por cinco años, de forma digital.

Simón Díaz explicó que, debido a lo anterior, el freelance debe emitir una factura por todos los ingresos que genere, por los cuales no existe un límite de documentos para hacerlo, ya que la actividad profesional de cada trabajador puede ser variable.

Haga sus declaraciones

Adicional a lo anterior, el trabajador independiente también tiene que realizar sus declaraciones informativas, tanto la mensual como la anual, así como sus pagos provisionales mensuales del ISR, del IVA y de su DIOT, los cuales se determinan de acuerdo con sus obligaciones según su actividad profesional.

“El primer paso es tener claro su perfil fiscal y las obligaciones con base en su actividad económica. Para cada perfil y sus obligaciones también hay muchas excepciones en la Ley del Código Fiscal, en términos de cómo pagar y por su actividad es exento de IVA”, aseguró Díaz.

Sanciones

En caso de que el trabajador no cumpla con algunas de las obligaciones anteriormente citadas, los especialistas indicaron que puede ser acreedor a una multa económica o, incluso, si es persistente, enviarlo a Buró de Crédito, lo que repercutiría en su historial crediticio.

El vocero de Enconta aseguró que, cuando se haya omitido el cumplimiento de alguna obligación fiscal, se recomienda presentar el documento, como es el caso de una declaración omitida o realizar la complementaria de manera voluntaria.

“Cuando no se haya corregido el error, la autoridad hará el requerimiento, añadiendo las multas, sanciones o cargos por actualizaciones. Esto aplica tanto para la presentación de las declaraciones como para la omisión de los pagos mensuales de impuestos”, comentó.

El director general de El20.mx detalló que mientras más tiempo tarde el trabajador en arreglar su situación fiscal, ésta puede agravarse considerablemente.

“Por eso es importante tener claro el estatus y el perfil fiscal, así como las obligaciones de cada trabajador en el SAT, y con esa información tener claro que sí se está cumpliendo como lo solicitan las autoridades y, si no es esa la actividad que desempeña, hacer la modificación”, expresó.

Cambio de régimen

En caso de que el trabajador se cambie de un régimen por honorarios a uno de sueldos y salarios, él mismo debe hacer la actualización de obligaciones fiscales en el portal de la autoridad fiscal.

“En estos casos, lo que va a suceder es que el SAT va a dejar con las obligaciones que realmente tendrá. Una persona que trabajó como freelance ya no tendrá por qué estar haciendo las otras obligaciones. Si el trabajador no da aviso y no cambia su estatus, lo que va a suceder es que seguirá con esas obligaciones y, como no las está cumpliendo de acuerdo con su actividad, puede derivar en un problema”, dijo Simón Díaz.

Afirmó que la única obligación pendiente será su declaración anual, ya que las mensuales, que eran las que hacía anteriormente, ahora las tendrá que presentar su patrón y no el freelance.

Acérquese

En caso de tener duda, siempre es importante acercarse a especialistas o incluso acudir al SAT para que les ayuden con su situación fiscal.

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